Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060668)
Resolución de 24 de febrero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación y Empleo y la Diputación de Badajoz para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional Dual y la formación en centros de trabajo de las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo en Extremadura.
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NÚMERO 49
Lunes 13 de marzo de 2023

15281

No obstante, lo anterior, la Consejería de Educación y Empleo suscribirá un seguro adicional
para mejorar indemnizaciones, cubrir daños a terceros o responsabilidad civil.
Séptima. La Administración educativa notificará al Área Funcional de Trabajo e Inmigración del
Ministerio de Trabajo y Economía Social una copia del presente Convenio, y pondrá a su disposición en caso de que lo solicite la relación del alumnado que, en cada período, esté llevando a
cabo el programa formativo en los centros de trabajo dependientes de la Diputación de Badajoz.
Octava. La Administración educativa podrá proporcionar al tutor o tutora y resto de personal
del centro de trabajo, dependiente de la Diputación de Badajoz, implicados en el proceso de
formación y aprendizaje un curso de formación sobre metodología docente y uso de plataformas docentes.
Novena. El centro educativo se compromete al cumplimiento de la programación de las actividades formativas que han sido acordadas con el centro de trabajo, dependiente de la Diputación de Badajoz, a realizar su seguimiento y la valoración del progreso de los estudiantes y,
junto con el tutor o tutora del centro de trabajo, a la revisión de la programación, si una vez
iniciado el mismo y a la vista de los resultados, fuera necesario.
Décima. El centro educativo nombrará un responsable (coordinador o coordinadora, para el
desarrollo de programas de Formación Profesional Dual, o bien, tutor o tutora, para la formación en centros de trabajo) para la coordinación de las actividades formativas, que garantizará
la orientación y consulta del alumnado y facilitará las relaciones con el centro de trabajo colaborador, dependiente de la Diputación de Badajoz.
Undécima. El profesorado participante en el proyecto de Formación Profesional Dual del ciclo
formativo y/o el tutor o tutora de la formación en centros de trabajo tendrá como funciones:
a) Participar, en su caso, en la elaboración, revisión y actualización de las programaciones
didácticas, fijando el programa formativo de acuerdo con el centro de trabajo, dependiente de la Diputación de Badajoz.
b) Asistir a las reuniones de coordinación del proyecto.
c) Participar en las actividades de formación organizadas por la Consejería de Educación y
Empleo.
d) R
 ealizar las actividades de coordinación necesarias para el adecuado desarrollo del
proyecto.
e) E
 valuar al alumnado teniendo en cuenta, en su caso, las aportaciones del personal del
centro de trabajo, dependiente de la Diputación de Badajoz, y el resultado de las actividades desarrolladas en el mismo.