Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060668)
Resolución de 24 de febrero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación y Empleo y la Diputación de Badajoz para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional Dual y la formación en centros de trabajo de las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo en Extremadura.
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NÚMERO 49

15277

Lunes 13 de marzo de 2023

Establece el artículo 36.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen
Local, que las Diputaciones Provinciales ostentan competencias de cooperación en el fomento
del desarrollo económico y social de la provincia, donde se enmarca el presente acuerdo, adecuándose por tanto a los intereses y competencias de la Diputación de Badajoz.
Las partes reconocen capacidad y legitimidad para convenir, a cuyo efecto,
EXPONEN:
1. Q
 ue el objetivo del presente Convenio es la colaboración entre las entidades a las que representan para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional Dual y la
formación en centros de trabajo de las enseñanzas de formación profesional del sistema
educativo en Extremadura.
2. Q
 ue en el artículo 42, apartado 2, de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación
(modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora educativa),
insta a las administraciones educativas a regular la fase práctica dual de formación en los
centros de trabajo, de los que podrán quedar exentos quienes acrediten una experiencia
laboral que se corresponda con los estudios profesionales cursados.
3. Q
 ue el apartado 1 del artículo 75 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible
insta a las administraciones educativas y laborales a propiciar la colaboración con las empresas y entidades empresariales, en particular a través de la impartición por éstas, de módulos profesionales incluidos en títulos de formación profesional en sus instalaciones para
garantizar que la formación se realice con los equipamientos más actuales [apartado 2.b)].
4. Q
 ue el Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato
para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la Formación Profesional
Dual, fija en su Título III, bajo la rúbrica Formación Profesional Dual del sistema educativo, el marco para el desarrollo de proyectos de Formación Profesional Dual en el sistema
educativo, con la coparticipación de los centros educativos y las empresas colaboradoras.
5. Q
 ue el apartado 1 del artículo 29 del Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, establece que los centros educativos autorizados para impartir ciclos formativos de formación
profesional podrán suscribir convenios de colaboración con empresas del sector correspondiente, de acuerdo con lo que determine la normativa autonómica.
6. Q
 ue el apartado 5 del artículo 8 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se
establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo indica
que con el fin de facilitar al alumnado la adquisición de las competencias correspondientes, las Administraciones educativas, en el marco de sus competencias, promoverán la