Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Parque Nacional De Monfragüe. Subvenciones. (2023040018)
Decreto 171/2022, de 30 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para actuaciones en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Monfragüe en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la UE Next Generation EU y se aprueba la única convocatoria.
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NÚMERO 49
Lunes 13 de marzo de 2023

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UE 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se
establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, con campo de intervención 050 Protección de la naturaleza y la biodiversidad, patrimonio y recursos naturales, infraestructuras
verdes y azules, con contribución al 100% al objetivo medioambiental y al 40% al objetivo
climático, cumpliéndose así el compromiso de etiquetado verde.
Aquellas subvenciones otorgadas a beneficiarias que realicen alguna actividad económica,
por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado, estarán sometidas a los requisitos
y límites establecidos en el Reglamento (UE) número 1407/2013 de la Comisión, de 18 de
diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis (DO L 352, de 24 de diciembre de 2013).
Las presentes bases reguladoras se aprueban conforme lo previsto en el artículo 24 del Decreto Ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Para la redacción de las presentes bases reguladoras se han tendido en cuenta los principios
de buena regulación establecidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La Junta de Extremadura, a través de su Estatuto de Autonomía, tiene atribuidas las competencias para la protección del medio ambiente y de los ecosistemas, debiendo adoptar las
medidas necesarias para garantizar la conservación, protección y recuperación de las especies
de fauna y flora que viven en el estado silvestre en su territorio. Por su parte, la Consejería
para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, tiene asumidas las competencias en materia
de Áreas Protegidas que le atribuye el Decreto del Presidente 41/2021, de 2 de diciembre,
por el que se modifica la denominación y competencias de las Consejerías que conforman
la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Conforme se establece en el
artículo 4 del Decreto 170/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, a la Dirección General de
Sostenibilidad le corresponden, entre otras, las funciones de promoción, impulso, propuesta,
divulgación, programación, ejecución, vigilancia y control en materia de medio ambiente, especialmente, conservación de la naturaleza, áreas protegidas, prevención ambiental, calidad
ambiental y cambio climático.
En virtud de lo expuesto en el artículo 24 del Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas
urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia y del artículo 90.2 de la Ley 1/2002, de 28 de
febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y
en uso de las atribuciones conferidas en materia de medio ambiente por el artículo 10.1.2 del