Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2023060778)
Resolución de 2 de marzo de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Sector "Transporte de Mercancías por Carretera de la provincia de Badajoz".
34 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 48
Viernes 10 de marzo de 2023

14842

nal, que se hallen emplazados en la provincia, aun cuando la sede central o domicilio social
de la empresa radique fuera de dicho término provincial.
Artículo 5.º. Vigencia, duración y prórroga.
El presente Convenio entrará en vigor el día 1 de enero de 2020 y finalizará el 31 de diciembre
de 2023, siendo su denuncia automática a su finalización.
No obstante lo anterior, y con el objeto de evitar el vacío normativo que en todo caso se produciría una vez terminada su vigencia inicial, o la de cualquiera de sus prórrogas, continuará
rigiendo en su totalidad, tanto en su contenido normativo como en el obligacional, hasta que
sea sustituido por otro.
Artículo 6.º. Retribuciones.
Se pactan con carácter de mínimas en función de las diferentes categorías profesionales que
se consignan en las tablas salariales (anexos), que tendrán la calificación de salario base las
cuales tendrán efecto el 1 de enero de 2020, 2021, 2022 y 2023 respectivamente. Tendiendo
a desarrollar las categorías del Acuerdo General.
Incrementos salariales.
Para el año 2020 se pactan las tablas salariales de 2019.
Para el año 2021 se pactan las tablas salariales de 2020.
Para el año 2022 se establece una subida salarial del 3% sobre las tablas de 2021, con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2022.
Para el año 2023 se establece una subida salarial inicial del 3% sobre las tablas de 2022. Una
vez conocido el IPC real del 2023 y en caso de que este superara el 3% por la comisión negociadora se revisara los conceptos económicos recogidos en este convenio hasta el IPC real
o un máximo del 3,5%.
Se establece un pago único extrasalarial de 100,00 euros para cada trabajador/a que estuviera de alta o situación asimilada al alta a fecha 1 de enero de 2021, en caso de que el
trabajador/a hubiera ingresado en fecha posterior, dicha cantidad se prorrateará por el tiempo
de trabajo en dicho ejercicio.
Estructura salarial: Se considera salario todas las percepciones ya sean monetarias, y/o en
especie, por las que sea retribuido el trabajador en el desempeño de sus funciones. Existirá
un recibo de salario de aplicación en el sector. No tendrán la consideración legal de salario: