Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Investigación. (2023050057)
Orden de 6 de marzo de 2023 por la que se aprueba la convocatoria para la obtención y renovación de la Acreditación de Excelencia Investigadora de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2023.
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NÚMERO 48
Viernes 10 de marzo de 2023

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c) Ingenierías y Arquitectura que comprende las áreas de investigación de las Ingenierías,
Ciencias y Tecnología de Materiales, Tecnología Química, Ciencias de la Computación e
Informática, Tecnología Electrónica y Eléctrica, Arquitectura y otros ámbitos afines.
d) Humanidades y Ciencias Sociales, que comprende las áreas de investigación de Ciencias
Sociales, Políticas, del Comportamiento y de la Educación, Ciencias Económicas y Empresariales, Derecho, Filologías, Lingüística y Filosofía, Historia y Arte y otros.
Artículo 4. Requisitos del personal investigador solicitante.
1. Podrán optar a la AEXI, los investigadores referidos en el artículo 2 de la presente convocatoria, que cumplan con los siguientes requisitos:
a) Estar en posesión del grado de Doctor.
b) Haber transcurrido como mínimo 5 años desde la fecha de obtención del doctorado. Se
entenderá por dicha fecha la de la lectura y aprobación de la tesis doctoral.
c) Haber desarrollado una actividad científico-tecnológica posdoctoral que implique una
trayectoria investigadora cualificada de al menos cinco años, de los que como mínimo
2 años deben haberse desarrollado en una Universidad o en un Centro de I+D de la
Comunidad Autónoma de Extremadura. En el caso del personal investigador extremeño
que realice o haya realizado su actividad investigadora en otros centros o empresas
nacionales o internacionales públicas o privadas, no será necesario haber desarrollado
parte de dicha actividad en Extremadura.
d) Tener cumplimentado el Curriculum Vitae Normalizado (en adelante CVN) disponible
en la página web https://secti-idi.juntaex.es y los méritos acreditados en los términos
establecidos en el anexo, dentro del plazo de presentación de solicitudes establecido en
el artículo 5.1 de la presente orden.
El personal investigador solicitante deberá disponer de certificado digital o DNI electrónico que permitan garantizar su identidad para la edición y gestión del CVN a través de
la página web https://secti-idi.juntaex.es, que deben estar correctamente configurados
y validados para su uso.
e) El ámbito de investigación por el que se opta a la acreditación debe adecuarse a la trayectoria investigadora objeto de evaluación del interesado.
2. E
 l personal investigador que estén en posesión del certificado I3 de la Agencia Nacional de Evaluación y Prospectiva (ANEP), de conformidad con lo dispuesto en la Orden
ECI/1520/2005, de 26 de mayo, y sucesivas normativas en este ámbito, podrán solicitar la