Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Investigación. (2023050057)
Orden de 6 de marzo de 2023 por la que se aprueba la convocatoria para la obtención y renovación de la Acreditación de Excelencia Investigadora de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2023.
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NÚMERO 48
14745
Viernes 10 de marzo de 2023
Artículo 14. Publicidad de las acreditaciones.
La Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación hará pública la lista de concesión
de acreditaciones mediante su publicación en las páginas web https://secti-idi.juntaex.es y
https://ayudaspri.juntaex.es/.
Disposición final única. Eficacia y recursos.
La presente orden surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura y contra la misma, que pone fin a la vía administrativa en virtud de lo
establecido en el artículo 103.1 a) de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior
de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a dicha
publicación conforme a lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa o, potestativamente y en virtud de lo
dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, recurso de reposición ante el mismo
órgano que la dictó en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación.
En caso de haber interpuesto recurso potestativo de reposición, no se podrá impugnar en vía
jurisdiccional hasta que no sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación
presunta de aquel. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso
que se estime procedente.
Mérida, 6 de marzo de 2023.
El Consejero,
RAFAEL ESPAÑA SANTAMARÍA
14745
Viernes 10 de marzo de 2023
Artículo 14. Publicidad de las acreditaciones.
La Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación hará pública la lista de concesión
de acreditaciones mediante su publicación en las páginas web https://secti-idi.juntaex.es y
https://ayudaspri.juntaex.es/.
Disposición final única. Eficacia y recursos.
La presente orden surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura y contra la misma, que pone fin a la vía administrativa en virtud de lo
establecido en el artículo 103.1 a) de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior
de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a dicha
publicación conforme a lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa o, potestativamente y en virtud de lo
dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, recurso de reposición ante el mismo
órgano que la dictó en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación.
En caso de haber interpuesto recurso potestativo de reposición, no se podrá impugnar en vía
jurisdiccional hasta que no sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación
presunta de aquel. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso
que se estime procedente.
Mérida, 6 de marzo de 2023.
El Consejero,
RAFAEL ESPAÑA SANTAMARÍA