Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Inteligencia Artificial. (2023DE0002)
Decreto-ley 2/2023, de 8 de marzo, de medidas urgentes de impulso a la inteligencia artificial en Extremadura.
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NÚMERO 48
Viernes 10 de marzo de 2023
14725
En este orden de cosas, es relevante la reciente aprobación y entrada en vigor en noviembre
de 2022 de dos Reglamentos UE muy trascendentes en este campo (que se han anticipado
en su aprobación al Reglamento de Inteligencia Artificial completando junto a este una triada
normativa de primera importancia): el Reglamento de servicios digitales y el de Mercados digitales. Además, es conveniente poder aprovechar el marco financiero de compromiso de gasto
que abren los fondos Next UE (limitado al 31 de diciembre de 2023), y que se desaprovecharía
para las finalidades de esta norma si se esperase a la tramitación parlamentaria ordinaria.
Para atender materias y situaciones como la presente se deben aprovechar los mecanismos
extraordinarios previstos constitucional y estatutariamente. No se puede esperar. El sistema
legislativo ordinario discurre de forma lineal mientras que los sistemas de inteligencia IA cambian exponencialmente.
Además, las previsiones contenidas en este Decreto-ley tienen el propósito de atraer talento
en IA para Extremadura, y el de evitar, en la medida de lo posible, que nuestro talento salga
de la Región.
Finalmente, el presente Decreto-ley pone en valor los beneficios que puede suponer para la
Administración pública acudir a sistemas de inteligencia artificial (IA). Beneficios de mayor
eficacia y eficiencia en la gestión de los asuntos públicos; beneficios de reducción de gasto
público y beneficios para los empleados públicos.
Esto es inminente y perentorio. Para ello, este Decreto-ley establece las bases y marca el
rumbo y los plazos de la futura Estrategia Extremeña de Inteligencia Artificial (EEIA). Dado
el momento en que no encontramos, cercano a la disolución de la Asamblea de Extremadura
como consecuencia de la convocatoria de elecciones autonómicas a celebrar el 28 de mayo
de 2023, no sería posible cumplir esos plazos a través del procedimiento legislativo ordinario.
Por todo ello, en el ejercicio de la autorización contenida en el artículo 33 del Estatuto de
Autonomía de Extremadura, a propuesta conjunta de la Vicepresidenta Primera y Consejera
de Hacienda y Administración Pública y del Consejero de Economía, Ciencia y Agenda Digital,
previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 8 de marzo de 2023,
DISPONGO:
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto y finalidad.
1. E
l presente Decreto-ley tiene por objeto el establecimiento del marco esencial de las medidas destinadas al apoyo, promoción, impulso y desarrollo de los sistemas de inteligencia
Viernes 10 de marzo de 2023
14725
En este orden de cosas, es relevante la reciente aprobación y entrada en vigor en noviembre
de 2022 de dos Reglamentos UE muy trascendentes en este campo (que se han anticipado
en su aprobación al Reglamento de Inteligencia Artificial completando junto a este una triada
normativa de primera importancia): el Reglamento de servicios digitales y el de Mercados digitales. Además, es conveniente poder aprovechar el marco financiero de compromiso de gasto
que abren los fondos Next UE (limitado al 31 de diciembre de 2023), y que se desaprovecharía
para las finalidades de esta norma si se esperase a la tramitación parlamentaria ordinaria.
Para atender materias y situaciones como la presente se deben aprovechar los mecanismos
extraordinarios previstos constitucional y estatutariamente. No se puede esperar. El sistema
legislativo ordinario discurre de forma lineal mientras que los sistemas de inteligencia IA cambian exponencialmente.
Además, las previsiones contenidas en este Decreto-ley tienen el propósito de atraer talento
en IA para Extremadura, y el de evitar, en la medida de lo posible, que nuestro talento salga
de la Región.
Finalmente, el presente Decreto-ley pone en valor los beneficios que puede suponer para la
Administración pública acudir a sistemas de inteligencia artificial (IA). Beneficios de mayor
eficacia y eficiencia en la gestión de los asuntos públicos; beneficios de reducción de gasto
público y beneficios para los empleados públicos.
Esto es inminente y perentorio. Para ello, este Decreto-ley establece las bases y marca el
rumbo y los plazos de la futura Estrategia Extremeña de Inteligencia Artificial (EEIA). Dado
el momento en que no encontramos, cercano a la disolución de la Asamblea de Extremadura
como consecuencia de la convocatoria de elecciones autonómicas a celebrar el 28 de mayo
de 2023, no sería posible cumplir esos plazos a través del procedimiento legislativo ordinario.
Por todo ello, en el ejercicio de la autorización contenida en el artículo 33 del Estatuto de
Autonomía de Extremadura, a propuesta conjunta de la Vicepresidenta Primera y Consejera
de Hacienda y Administración Pública y del Consejero de Economía, Ciencia y Agenda Digital,
previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 8 de marzo de 2023,
DISPONGO:
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto y finalidad.
1. E
l presente Decreto-ley tiene por objeto el establecimiento del marco esencial de las medidas destinadas al apoyo, promoción, impulso y desarrollo de los sistemas de inteligencia