Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Bienes De Interés Cultural. (2023060774)
Resolución de 28 de febrero de 2023, de la Consejera, por la que se incoa expediente para declaración de Bien de Interés Cultural a favor del yacimiento arqueológico "La Nava", del término municipal de Cabeza del Buey (Badajoz), con la categoría de Zona Arqueológica.
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NÚMERO 47
Jueves 9 de marzo de 2023

14615

RESOLUCIÓN de 28 de febrero de 2023, de la Consejera, por la que se
incoa expediente para declaración de Bien de Interés Cultural a favor del
yacimiento arqueológico "La Nava", del término municipal de Cabeza del
Buey (Badajoz), con la categoría de Zona Arqueológica. (2023060774)
Con fecha 20 de noviembre de 1981, se dicta Resolución por parte de la Dirección General
de Bellas Artes, Archivos y Bibliotecas, por la que se incoa expediente de declaración de Bien
de Interés Cultural a favor del yacimiento arqueológico del “Puerto de la Nava” en el término
municipal de Cabeza del Buey (Badajoz) con la categoría de monumento histórico-artístico,
publicándose en el Boletín Oficial del Estado núm. 307, de 24 de diciembre de 1981. El bien
quedó inscrito de manera provisional en el Registro de Bienes de Interés Cultural con el código
28512.
Con el fin de dar continuidad al expediente, se estima necesario, conforme a las exigencias
de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura que
la descripción del yacimiento arqueológico del “Puerto de la Nava”, incluya una delimitación
gráfica del bien incoado, resultando adecuado además, redefinir la descripción del bien y su
delimitación, ateniéndose a las prescripciones legales que en la Resolución de 20 de noviembre de 1981, no se contenían.
Asimismo, se ha constatado que se han utilizado denominaciones diversas para identificar la
zona arqueológica, por lo que es necesario establecer una única denominación, de manera
que, de aquí en adelante, la zona arqueológica será identificada como “La Nava”.
Además, se considera la necesidad de adaptar la categoría de Bien de Interés Cultural de
“La Nava”, incoada como monumento histórico-artístico, de carácter provincial, para clasificarla como Zona Arqueológica, acorde a la naturaleza arqueológica del bien, y así dotarla de
mejores niveles de protección patrimonial, contemplados en la normativa autonómica sobre
patrimonio arqueológico de Extremadura.
El Estatuto de Autonomía de Extremadura, aprobado mediante Ley Orgánica 1/1983, de 25
de febrero, y modificado mediante Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, la cual se publicó
y entró en vigor con fecha 29 de enero de 2011, recoge como competencia exclusiva en su
artículo 9.1.47 la “cultura en cualquiera de sus manifestaciones”, así como el “patrimonio histórico y cultural de interés para la Comunidad Autónoma”. En desarrollo de esta competencia
se dictó la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura,
que recoge la competencia y el procedimiento para llevar a cabo la declaración de Bien de
Interés Cultural de un bien. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5.1 de la propia ley, los
bienes más relevantes del Patrimonio Histórico y Cultural extremeño, deberán ser declarados
de interés cultural en la forma que el propio artículo detalla.