Consejería De Educación Y Empleo. Delegación De Competencias. (2023060761)
Resolución de 1 de marzo de 2023, de la Presidenta del Ente Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios, por la que se delegan determinadas competencias en materia de subvenciones en el Director General de dicho ente.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 47
14439
Jueves 9 de marzo de 2023
a la firma la expresión “por delegación” o su forma usual de abreviatura, seguida de la fecha de
la presente resolución y la del Diario Oficial de Extremadura en que se hubiere publicado y se
considerarán dictadas por el órgano delegante.
Quinto. La delegación de competencias contenida en la presente resolución será revocable
en cualquier momento por el órgano delegante, quien podrá avocar para sí el conocimiento
de un asunto, cuando circunstancias de índole técnica, económica, social, jurídica o territorial
lo hagan conveniente.
Sexto. Queda sin efecto cualquier delegación de competencias anterior a la prevista en la
presente resolución que afecte a las materias contenidas en ella.
Séptimo. La presente resolución producirá efectos el mismo día de su publicación en el Diario
Oficial de Extremadura.
Mérida, 1 de marzo de 2023.
La Presidenta del Ente Público
Extremeño de Servicios Educativos
Complementarios,
MARÍA ESTHER GUTIÉRREZ MORÁN
•••
14439
Jueves 9 de marzo de 2023
a la firma la expresión “por delegación” o su forma usual de abreviatura, seguida de la fecha de
la presente resolución y la del Diario Oficial de Extremadura en que se hubiere publicado y se
considerarán dictadas por el órgano delegante.
Quinto. La delegación de competencias contenida en la presente resolución será revocable
en cualquier momento por el órgano delegante, quien podrá avocar para sí el conocimiento
de un asunto, cuando circunstancias de índole técnica, económica, social, jurídica o territorial
lo hagan conveniente.
Sexto. Queda sin efecto cualquier delegación de competencias anterior a la prevista en la
presente resolución que afecte a las materias contenidas en ella.
Séptimo. La presente resolución producirá efectos el mismo día de su publicación en el Diario
Oficial de Extremadura.
Mérida, 1 de marzo de 2023.
La Presidenta del Ente Público
Extremeño de Servicios Educativos
Complementarios,
MARÍA ESTHER GUTIÉRREZ MORÁN
•••