Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060726)
Resolución de 28 de febrero de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula la declaración ambiental estratégica del Plan General Municipal de Casar de Cáceres. Expte.: IA17/1007.
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NÚMERO 46
Miércoles 8 de marzo de 2023

14390

documentos actualizados conforme a las correcciones realizadas (memoria informativa y planos de ordenación OE2-OE11), fechado en 2018. Sobre este documento, y
como segundo informe sobre la misma cuestión, se dice:


–S
 e debe hacer referencia al cumplimiento de la normativa vigente en materia
de carreteras: la Ley 7/1995, de Carreteras de Extremadura y el Real Decreto
1812/1994 por el que se aprueba el Reglamento General de Carreteras.



–S
 e expresará en el documento PGM que, en cuanto a sus dimensiones y secciones
tipo de firme, será esta Diputación la que establezca los criterios que considere
para su establecimiento y dimensionamiento, teniendo en cuenta la normativa
vigente. Al respecto, se fijará en los tramos urbanos la reserva de suelo necesario
que permita disponer de una sección transversal con dimensiones de vía, sancionadas por criterios genéricos de seguridad vial, a afectos de mínimos, de 6,00
m de ancho de calzada, para dos carriles, uno por sentido, y arcenes laterales
pavimentados de 1,00 m de anchura cada uno, por lo que eventuales encintados
de bordillos, aparcamientos, aceras, vías de servicio… serán siempre exteriores a
la plataforma indicada de 8,00 m (teniendo en consideración, en las dimensiones
indicadas, posibles afecciones ocasionadas por el continuo edificatorio y/o las edificaciones existentes consolidadas).



–S
 e indicará que el suelo “de protección de infraestructuras” debe ocupar, como
mínimo, la zona de dominio público de la carretera. Cualquier actuación que afecte
al uso y dominio de las carreteras provinciales, atendiendo a la legislación sectorial
vigente, precisarán de trámite ante esta Diputación Provincial, al ser la Administración titular de las mismas. Por otra parte, se indicará que se podrá exigir a los
solicitantes de actividades o actuaciones en zona de influencia de carreteras que
deban ser autorizadas, o informadas, por esta Diputación Provincial, que acrediten
la titularidad de los terrenos afectados.



–S
 e indicará en el documento Plan General el cumplimiento del artículo 16 de la
Ley 7/1995, de Carreteras de Extremadura, que dice: “las obras de construcción,
reparación o conservación de las vías reguladas por la presente Ley, por constituir obras públicas de interés general, no están sometidas a los actos de control
preventivo municipal a que se refiere el artículo 84,1.b de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local”.



A
 tendiendo a los puntos expuestos en este segundo informe, y al anterior de 8 de
noviembre de 2018, una vez examinados los documentos del Plan General Municipal
de Casar de Cáceres remitidos a esta Institución, se informa favorablemente el Plan