Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Elecciones. (2023060749)
Resolución de 3 de marzo de 2023, de la Coordinadora General de la Junta de Extremadura en las elecciones a la Asamblea de Extremadura, y en las elecciones de vocales de las Juntas Vecinales de las entidades locales menores de Extremadura de 2023, por la que se procede a la publicación del Acuerdo de 2 de marzo de 2023, de la Junta Electoral Central, sobre modelos de actas a utilizar por las Mesas y por las Juntas Electorales en las elecciones a la Asamblea de Extremadura y en las elecciones de los vocales de las Juntas Vecinales de las Entidades Locales Menores de Extremadura de 28 de mayo de 2023.
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NÚMERO 45
14183
Martes 7 de marzo de 2023
2. Asimismo, aprobar, de conformidad con lo establecido en el artículo 19.1.g) de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, a propuesta de la de la Consejería de Hacienda y
Administración Pública de la Junta de Extremadura, los modelos de actas a utilizar en las
elecciones de vocales de entidades locales menores de Extremadura por las Mesas electorales: de escrutinio y de sesión; y los modelos de actas a utilizar por las Juntas Electorales:
de constitución para el escrutinio general, de escrutinio, de sesión y de proclamación, con
las siguientes observaciones:
— En relación con el acta de constitución de la Mesa electoral debe utilizarse el modelo
previsto en la citada Orden Ministerial.
— En el acta de constitución de la Junta para el escrutinio general y en el acta de sesión
del escrutinio de la Junta ha de eliminarse la referencia a la entidad local menor, ya que
es una única acta para las elecciones de vocales de entidades locales menores.
— Asimismo, en el acta de constitución de la Junta para el escrutinio general deberá señalarse «quinto día siguiente al de la votación».
3. Trasladar el presente acuerdo a la de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de
la Junta de Extremadura, que ordenará la publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad
Autónoma.
Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de marzo de 2023.
El Presidente,
MIGUEL COLMENERO MENÉNDEZ DE
LUARCA
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Martes 7 de marzo de 2023
2. Asimismo, aprobar, de conformidad con lo establecido en el artículo 19.1.g) de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, a propuesta de la de la Consejería de Hacienda y
Administración Pública de la Junta de Extremadura, los modelos de actas a utilizar en las
elecciones de vocales de entidades locales menores de Extremadura por las Mesas electorales: de escrutinio y de sesión; y los modelos de actas a utilizar por las Juntas Electorales:
de constitución para el escrutinio general, de escrutinio, de sesión y de proclamación, con
las siguientes observaciones:
— En relación con el acta de constitución de la Mesa electoral debe utilizarse el modelo
previsto en la citada Orden Ministerial.
— En el acta de constitución de la Junta para el escrutinio general y en el acta de sesión
del escrutinio de la Junta ha de eliminarse la referencia a la entidad local menor, ya que
es una única acta para las elecciones de vocales de entidades locales menores.
— Asimismo, en el acta de constitución de la Junta para el escrutinio general deberá señalarse «quinto día siguiente al de la votación».
3. Trasladar el presente acuerdo a la de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de
la Junta de Extremadura, que ordenará la publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad
Autónoma.
Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de marzo de 2023.
El Presidente,
MIGUEL COLMENERO MENÉNDEZ DE
LUARCA
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