Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Sanidad Vegetal. (2023060729)
Resolución de 28 de febrero de 2023, de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, por la que se actualiza el foco contaminado descrito en la Resolución de 15 de marzo de 2019, por la que se declara contaminado por el nematodo de la madera del pino, Bursaphelenchus xylophilus (Steineret Buhrer) Nickle et al., determinado árbol sensible ubicado en el término municipal de Valverde del Fresno y se establece una zona demarcada de 20 kilómetros de radio, adoptándose diversas medidas fitosanitarias de emergencia para la erradicación del organismo nocivo.
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NÚMERO 45

14209

Martes 7 de marzo de 2023

Quinto. La Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura, preceptúa en su artículo
21 que, sin perjuicio de las competencias del Estado, corresponde a la autoridad competente de la Administración autonómica en materia de sanidad vegetal la declaración oficial de
existencia de una plaga y la calificación de utilidad pública de la lucha contra la misma, que
deban realizarse en Extremadura en aplicación de la normativa vigente; añadiendo su artículo
23 que, de conformidad con las disposiciones del Estado en ejercicio de sus competencias, el
órgano competente de la Administración autonómica en materia de sanidad vegetal llevará a
cabo en Extremadura las acciones necesarias para coordinar y desarrollar los planes y programas de control en dicha materia.
En virtud de disposiciones legales citadas y demás de general y pertinente aplicación, a propuesta del Servicio de Sanidad Vegetal, la Dirección General de Agricultura y Ganadería,
RESUELVE:
Primero. Declarar contaminado por el nematodo de la madera del pino Bursaphelenchus
xylophilus (Steineret Buhrer) Nickle et al. el árbol referido en los antecedentes de hecho, estableciendo una nueva zona infestada de corta de 100 metros alrededor de dicho brote, y una
zona de 3.000 metros desde la zona infestada con intensidades de prospección y muestreo
graduales, sin perjuicio de que continúen ejecutándose las medidas adoptadas en la Resolución de 15 de marzo de 2019, la cual resulta de plena aplicación.
Segundo. Ordenar la publicación de la presente resolución, por razones de interés público y
al afectar a una pluralidad indeterminada de interesados, en el Diario Oficial de Extremadura
conforme a lo preceptuado en el artículo 45, apartados 1 y 3, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso de alzada ante la Consejera de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y
Territorio en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, bien
directamente o a través de esta Dirección General, con arreglo a lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, y en el artículo 101 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del
Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Mérida, 28 de febrero de 2023.
El Director General de Agricultura y
Ganadería,
ANTONIO CABEZAS GARCÍA

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