Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2023060716)
Resolución de 22 de febrero de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de industria alimentaria, cuya promotora es Vianoleo, SL, en el término municipal de Don Benito.
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NÚMERO 44
Lunes 6 de marzo de 2023
14016
3. Se deberá impedir mediante los medios y señalización adecuados, el libre acceso a las
instalaciones de recogida y tratamiento de las emisiones contaminantes a la atmósfera
del personal ajeno a la operación y control de las mismas, siendo responsable de cuantos
daños y perjuicios puedan ocasionarse.
4. Se realizarán las oportunas operaciones de mantenimiento en la caldera (limpiezas periódicas del quemador, limpiezas periódicas de la chimenea de evacuación de gases...), con
objeto de que se evite un aumento de la contaminación medioambiental originada por este
foco de emisión.
- c - Medidas de protección y control de las aguas, del suelo y de las aguas subterráneas
1. El complejo industrial contará con tres redes separativas de aguas residuales:
a) Red de saneamiento de aguas pluviales no susceptibles a ser contaminadas, que conducirá el agua al destino natural de las aguas pluviales de la parcela donde se ubica la
planta.
b) Red de saneamiento de aguas de proceso, que incluyen únicamente las aguas de limpieza, al no realitzar lavado de la aceituna y gestionar las aguas de la centrifuga con
el alperujo, se vierten directamente a la red de saneamiento público y ser aguas sin
contenido oleoso.
c) Red de saneamiento de aguas fecales de los servicios sanitarios de la planta industrial
que acometen a red de saneamiento público.
El Ayuntamiento de Don Benito dispone de una arqueta registrable en la entrada de la
almazara desde donde toma muestras periódicas para comprobar que se cumplen las disposiciones de la ordenanza municipal respecto al vertido al alcantarillado público.
2. Cualquier vertido que se pretenda llevar a cabo a dominio público hidráulico deberá contar
con Autorización de vertido por el Organismo de cuenca correspondiente, quién fijará las
condiciones y límites de vertido.
3. El titular de la instalación industrial deberá evitar la entrada de restos orgánicos al sistema
de desagüe. A tal efecto, los desagües de la red de saneamiento de aguas residuales del
proceso productivo dispondrán de rejillas para la retención de los sólidos.
4. S
e realizará limpieza en seco antes de realizar la misma con agua a presión, con el fin de
disminuir el consumo de agua.
Lunes 6 de marzo de 2023
14016
3. Se deberá impedir mediante los medios y señalización adecuados, el libre acceso a las
instalaciones de recogida y tratamiento de las emisiones contaminantes a la atmósfera
del personal ajeno a la operación y control de las mismas, siendo responsable de cuantos
daños y perjuicios puedan ocasionarse.
4. Se realizarán las oportunas operaciones de mantenimiento en la caldera (limpiezas periódicas del quemador, limpiezas periódicas de la chimenea de evacuación de gases...), con
objeto de que se evite un aumento de la contaminación medioambiental originada por este
foco de emisión.
- c - Medidas de protección y control de las aguas, del suelo y de las aguas subterráneas
1. El complejo industrial contará con tres redes separativas de aguas residuales:
a) Red de saneamiento de aguas pluviales no susceptibles a ser contaminadas, que conducirá el agua al destino natural de las aguas pluviales de la parcela donde se ubica la
planta.
b) Red de saneamiento de aguas de proceso, que incluyen únicamente las aguas de limpieza, al no realitzar lavado de la aceituna y gestionar las aguas de la centrifuga con
el alperujo, se vierten directamente a la red de saneamiento público y ser aguas sin
contenido oleoso.
c) Red de saneamiento de aguas fecales de los servicios sanitarios de la planta industrial
que acometen a red de saneamiento público.
El Ayuntamiento de Don Benito dispone de una arqueta registrable en la entrada de la
almazara desde donde toma muestras periódicas para comprobar que se cumplen las disposiciones de la ordenanza municipal respecto al vertido al alcantarillado público.
2. Cualquier vertido que se pretenda llevar a cabo a dominio público hidráulico deberá contar
con Autorización de vertido por el Organismo de cuenca correspondiente, quién fijará las
condiciones y límites de vertido.
3. El titular de la instalación industrial deberá evitar la entrada de restos orgánicos al sistema
de desagüe. A tal efecto, los desagües de la red de saneamiento de aguas residuales del
proceso productivo dispondrán de rejillas para la retención de los sólidos.
4. S
e realizará limpieza en seco antes de realizar la misma con agua a presión, con el fin de
disminuir el consumo de agua.