Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2023060716)
Resolución de 22 de febrero de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de industria alimentaria, cuya promotora es Vianoleo, SL, en el término municipal de Don Benito.
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NÚMERO 44

14014

Lunes 6 de marzo de 2023

2. La actividad generará los siguientes residuos peligrosos:
RESIDUO

ORIGEN

CÓDIGO LER(1)

Residuos de tóner de impresión
que contienen sustancias peligrosas

Mantenimiento impresoras de oficina

08 03 17*

Aceites minerales de motor, de
transmisión mecánica y lubricantes

Operaciones de mantenimiento de maquinarias

13 02 06*

Envases que contienen restos
de sustancias peligrosas o están
contaminados con ellas

Operaciones de suministro de materias primas y
manipulación y envasado de productos

15 01 10*

Absorbentes, materiales de filtración [incluidos los filtros de aceite
no especificados en otra categoría], trapos de limpieza y ropas
protectoras contaminados por
sustancias peligrosas.

Operación mantenimiento maquinaría

15 02 02*

Tubos fluorescentes y otros residuos que contienen mercurio

Operaciones de mantenimiento de alumbrado

20 01 21*

(1)

LER: Lista Europea de Residuos publicada por la Decisión de la Comisión 2014/955/UE de 18 de diciembre de
2014.

3. La generación de cualquier otro residuo no mencionado en esta resolución, deberá ser
comunicada a la Dirección General de Sostenibilidad (DGS), con objeto de evaluarse la
gestión más adecuada que deberá llevar a cabo el titular de la instalación industrial.
4. El titular de la instalación industrial deberá indicar y acreditar a la DGS qué tipo de gestión
y qué gestores autorizados o inscritos conforme a la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos
y suelos contaminados para una economía circular se harán cargo de los residuos generados por la actividad, con el fin último de su valorización o eliminación, incluyendo los
residuos asimilables a urbanos. Esta comunicación deberá efectuar cada vez que se lleve a
cabo un cambio de gestión del residuo o gestor autorizado.
5. El titular de la instalación deberá cumplir con las obligaciones de gestión de residuos correspondientes a los productores de residuos establecidas en la normativa de aplicación en
cada momento.
6. Los residuos producidos deberán almacenarse conforme a lo establecido en la normativa
de aplicación en cada momento.