Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2023060715)
Resolución de 22 de febrero de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada, incluida su modificación sustancial, al proyecto de industria alimentaria, cuya promotora es SCL del Campo San Isidro de Aceuchal, en el término municipal de Aceuchal.
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NÚMERO 44
Lunes 6 de marzo de 2023
14001
restos y derrames de salmueras diluidas, serán recogidos por una red de saneamiento
que los conduce hasta la balsa de evaporación existente en la misma parcela.
c) Red de saneamiento de aguas fecales de los servicios sanitarios de la planta industrial
que serán conducidas hasta un depósito subterráneo o fosa séptica donde serán almacenadas hasta que sean retiradas por un gestor autorizado.
2. Cualquier vertido que se pretenda llevar a cabo a dominio público hidráulico deberá contar
con Autorización de vertido por el Organismo de cuenca correspondiente, quien fijará las
condiciones y límites de vertido.
3. El titular de la instalación industrial deberá evitar la entrada de restos orgánicos al sistema
de desagüe. A tal efecto, los desagües de la red de saneamiento de aguas residuales del
proceso productivo dispondrán de rejillas para la retención de los sólidos.
4. S
e realizará limpieza en seco antes de realizar la misma con agua a presión, con el fin de
disminuir el consumo de agua.
5. S
e deberá disponer de un manual de mantenimiento preventivo al objeto de garantizar el
buen estado de las instalaciones, en especial respecto a los medios disponibles para evitar
la contaminación del medio en caso de derrames o escapes accidentales y a las medidas
de seguridad implantadas.
6. C
on objeto de no recoger más aguas pluviales que las que incidan directamente sobre su
superficie, la balsa se ubicará de manera que no interfieran en el discurrir de las aguas
pluviales, dispondrá de cuneta perimetral y, en todo caso, se localizará fuera del dominio
público hidráulico.
7. La balsa de almacenamiento deberá ser construida con material impermeable. La capacidad de la balsa deberá adecuarse al volumen de vertido previsto evacuar a la misma,
considerando una zona de seguridad de, al menos, 0,5 m de profundidad. La balsa dispondrá de arquetas testigo de fugas como medida de control del estado del sistema de
impermeabilización.
8. Se deberá inspeccionar detalladamente el estado del sistema de impermeabilización por
personal técnico competente, el cual emitirá anualmente el pertinente certificado sobre el
resultado de la inspección. Sin perjuicio de lo anterior, se deberán inspeccionar visualmente
y de manera periódica las arquetas testigo de fugas como medida de control del estado del
sistema de impermeabilización.
9. El sistema de impermeabilización dispuesto deberá ser sustituido completamente con antelación al cumplimiento del plazo de durabilidad garantizado por el fabricante o como
Lunes 6 de marzo de 2023
14001
restos y derrames de salmueras diluidas, serán recogidos por una red de saneamiento
que los conduce hasta la balsa de evaporación existente en la misma parcela.
c) Red de saneamiento de aguas fecales de los servicios sanitarios de la planta industrial
que serán conducidas hasta un depósito subterráneo o fosa séptica donde serán almacenadas hasta que sean retiradas por un gestor autorizado.
2. Cualquier vertido que se pretenda llevar a cabo a dominio público hidráulico deberá contar
con Autorización de vertido por el Organismo de cuenca correspondiente, quien fijará las
condiciones y límites de vertido.
3. El titular de la instalación industrial deberá evitar la entrada de restos orgánicos al sistema
de desagüe. A tal efecto, los desagües de la red de saneamiento de aguas residuales del
proceso productivo dispondrán de rejillas para la retención de los sólidos.
4. S
e realizará limpieza en seco antes de realizar la misma con agua a presión, con el fin de
disminuir el consumo de agua.
5. S
e deberá disponer de un manual de mantenimiento preventivo al objeto de garantizar el
buen estado de las instalaciones, en especial respecto a los medios disponibles para evitar
la contaminación del medio en caso de derrames o escapes accidentales y a las medidas
de seguridad implantadas.
6. C
on objeto de no recoger más aguas pluviales que las que incidan directamente sobre su
superficie, la balsa se ubicará de manera que no interfieran en el discurrir de las aguas
pluviales, dispondrá de cuneta perimetral y, en todo caso, se localizará fuera del dominio
público hidráulico.
7. La balsa de almacenamiento deberá ser construida con material impermeable. La capacidad de la balsa deberá adecuarse al volumen de vertido previsto evacuar a la misma,
considerando una zona de seguridad de, al menos, 0,5 m de profundidad. La balsa dispondrá de arquetas testigo de fugas como medida de control del estado del sistema de
impermeabilización.
8. Se deberá inspeccionar detalladamente el estado del sistema de impermeabilización por
personal técnico competente, el cual emitirá anualmente el pertinente certificado sobre el
resultado de la inspección. Sin perjuicio de lo anterior, se deberán inspeccionar visualmente
y de manera periódica las arquetas testigo de fugas como medida de control del estado del
sistema de impermeabilización.
9. El sistema de impermeabilización dispuesto deberá ser sustituido completamente con antelación al cumplimiento del plazo de durabilidad garantizado por el fabricante o como