Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2023060715)
Resolución de 22 de febrero de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada, incluida su modificación sustancial, al proyecto de industria alimentaria, cuya promotora es SCL del Campo San Isidro de Aceuchal, en el término municipal de Aceuchal.
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NÚMERO 44
14000
Lunes 6 de marzo de 2023
3. Para el foco de emisión 2 se establecen valores límite de emisión (VLE) para los siguientes
contaminantes al aire:
Contaminante
VLE
Partículas
150 mg/Nm3
Monóxido de carbono, CO
500 mg/Nm3
Dióxido de azufre, SO2
5000 mg/Nm3
Estos valores límite de emisión serán valores medios, medidos siguiendo las prescripciones
establecidas en el apartado relativo al control y seguimiento de la AAU. Además, están
expresados en unidades de masa de contaminante emitidas por unidad de volumen total
de gas residual liberado expresado en metros cúbicos medidos en condiciones normales
de presión y temperatura (101,3 kPa y 273 K), previa corrección del contenido en vapor
de agua y referencia a un contenido de oxígeno por volumen en el gas residual del 6 %.
4. Se deberá impedir mediante los medios y señalización adecuados, el libre acceso a las
instalaciones de recogida y tratamiento de las emisiones contaminantes a la atmósfera
del personal ajeno a la operación y control de las mismas, siendo responsable de cuantos
daños y perjuicios puedan ocasionarse.
5. Se realizarán las oportunas operaciones de mantenimiento en la caldera (limpiezas periódicas del quemador, limpiezas periódicas de la chimenea de evacuación de gases...), con
objeto de que se evite un aumento de la contaminación medioambiental originada por este
foco de emisión.
- c - Medidas de protección y control de las aguas, del suelo y de las aguas subterráneas
1. El complejo industrial contará con tres redes separativas de aguas residuales:
a) Red de saneamiento de aguas pluviales no susceptibles a ser contaminadas, procedentes de las cubiertas y de los patios urbanizados se recogen por una red de saneamiento
que vierte directamente en la zona de la parcela no utilizada y en la cuneta del camino
de acceso. El agua recogida no contendrá ningún contaminante puesto que las cubiertas
no son accesibles y los patios se utilizan para el tránsito de vehículos. Las zones susceptibles de producir alguna contaminación tendrán saneamiento conectado con la red
de tuberías que vierte en la balsa de evaporación, por lo tanto, no se producirá ningún
derrame ni vertidos contaminantes en esta red de saneamiento.
b) Red de saneamiento de aguas de proceso, que se generarán en la limpieza de los depósitos y en el proceso productivo de aderezo de aceitunas, que son las lejías diluidas y
14000
Lunes 6 de marzo de 2023
3. Para el foco de emisión 2 se establecen valores límite de emisión (VLE) para los siguientes
contaminantes al aire:
Contaminante
VLE
Partículas
150 mg/Nm3
Monóxido de carbono, CO
500 mg/Nm3
Dióxido de azufre, SO2
5000 mg/Nm3
Estos valores límite de emisión serán valores medios, medidos siguiendo las prescripciones
establecidas en el apartado relativo al control y seguimiento de la AAU. Además, están
expresados en unidades de masa de contaminante emitidas por unidad de volumen total
de gas residual liberado expresado en metros cúbicos medidos en condiciones normales
de presión y temperatura (101,3 kPa y 273 K), previa corrección del contenido en vapor
de agua y referencia a un contenido de oxígeno por volumen en el gas residual del 6 %.
4. Se deberá impedir mediante los medios y señalización adecuados, el libre acceso a las
instalaciones de recogida y tratamiento de las emisiones contaminantes a la atmósfera
del personal ajeno a la operación y control de las mismas, siendo responsable de cuantos
daños y perjuicios puedan ocasionarse.
5. Se realizarán las oportunas operaciones de mantenimiento en la caldera (limpiezas periódicas del quemador, limpiezas periódicas de la chimenea de evacuación de gases...), con
objeto de que se evite un aumento de la contaminación medioambiental originada por este
foco de emisión.
- c - Medidas de protección y control de las aguas, del suelo y de las aguas subterráneas
1. El complejo industrial contará con tres redes separativas de aguas residuales:
a) Red de saneamiento de aguas pluviales no susceptibles a ser contaminadas, procedentes de las cubiertas y de los patios urbanizados se recogen por una red de saneamiento
que vierte directamente en la zona de la parcela no utilizada y en la cuneta del camino
de acceso. El agua recogida no contendrá ningún contaminante puesto que las cubiertas
no son accesibles y los patios se utilizan para el tránsito de vehículos. Las zones susceptibles de producir alguna contaminación tendrán saneamiento conectado con la red
de tuberías que vierte en la balsa de evaporación, por lo tanto, no se producirá ningún
derrame ni vertidos contaminantes en esta red de saneamiento.
b) Red de saneamiento de aguas de proceso, que se generarán en la limpieza de los depósitos y en el proceso productivo de aderezo de aceitunas, que son las lejías diluidas y