Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060681)
Resolución de 24 de febrero de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental relativa al proyecto de "Planta de producción de diamantes sintéticos, en el término municipal de Trujillo (Cáceres)". Expte.: IA22/1266.
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NÚMERO 42
Jueves 2 de marzo de 2023
13569
correcta realización de los mismos. La conclusión de los trabajos se comunicará igualmente al Coordinador de Zona de los Agentes del Medio Natural, con el fin de comprobar
que los trabajos se han realizado conforme a las condiciones técnicas establecidas.
2. S
e informará a todo el personal implicado en la ejecución de este proyecto del contenido
de la presente declaración de impacto ambiental, de manera que se ponga en su conocimiento las medidas que deben adoptarse a la hora de realizar los trabajos. Asimismo,
se dispondrá de una copia de la presente declaración en el lugar donde se desarrollen
los trabajos.
3. C
ualquier modificación del proyecto original deberá ser comunicada al órgano ambiental. Dichas modificaciones no podrán llevarse a cabo hasta que éste no se pronuncie
sobre el carácter de la modificación, al objeto de determinar si procede o no someter
nuevamente el proyecto al trámite ambiental oportuno.
4. N
o se realizará ningún tipo de obra auxiliar sin contar con su correspondiente informe,
según la legislación vigente.
5. L
as afecciones sobre dominio público hidráulico, vías pecuarias, carreteras, caminos públicos u otras infraestructuras y servidumbres existentes, deberán contar con las autorizaciones y permisos de ocupación pertinentes, en base al cumplimiento de la normativa
sectorial vigente en dichas materias.
6. S
i durante la realización de las actividades se detectara la presencia de alguna especie
incluida en el Catálogo de Especies Amenazadas de Extremadura (Decreto 37/2001;
DOE n.º 30, de 13 de marzo; y posteriores modificaciones Decreto 74/2016, de 7 de
junio y Decreto 78/2018, de 5 de junio) y/o del Catálogo Español de Especies Amenazadas (Real Decreto 139/2011), que pudiera verse afectada por las mismas, se estaría a lo
dispuesto por el personal de la Dirección General de Sostenibilidad, previa comunicación
de tal circunstancia.
7. E
l abastecimiento de agua del proyecto se realizará desde la red general municipal existente y además se prevé la reutilización en el proyecto del agua residual depurada en las
dos EDAR municipales. Se deberá, por tanto, obtener las correspondientes concesiones
otorgadas por el Ayuntamiento de Trujillo y la Confederación Hidrográfica del Tajo, respectivamente.
8. E
n la reutilización de las aguas residuales depuradas se estará a lo dispuesto en las
correspondientes concesiones de reutilización de aguas residuales depuradas otorgadas
por la Confederación Hidrográfica del Tajo y que actualmente se encuentran en trámite
bajo los números de expediente RU-0001/2022 y RU-0002/2022.
Jueves 2 de marzo de 2023
13569
correcta realización de los mismos. La conclusión de los trabajos se comunicará igualmente al Coordinador de Zona de los Agentes del Medio Natural, con el fin de comprobar
que los trabajos se han realizado conforme a las condiciones técnicas establecidas.
2. S
e informará a todo el personal implicado en la ejecución de este proyecto del contenido
de la presente declaración de impacto ambiental, de manera que se ponga en su conocimiento las medidas que deben adoptarse a la hora de realizar los trabajos. Asimismo,
se dispondrá de una copia de la presente declaración en el lugar donde se desarrollen
los trabajos.
3. C
ualquier modificación del proyecto original deberá ser comunicada al órgano ambiental. Dichas modificaciones no podrán llevarse a cabo hasta que éste no se pronuncie
sobre el carácter de la modificación, al objeto de determinar si procede o no someter
nuevamente el proyecto al trámite ambiental oportuno.
4. N
o se realizará ningún tipo de obra auxiliar sin contar con su correspondiente informe,
según la legislación vigente.
5. L
as afecciones sobre dominio público hidráulico, vías pecuarias, carreteras, caminos públicos u otras infraestructuras y servidumbres existentes, deberán contar con las autorizaciones y permisos de ocupación pertinentes, en base al cumplimiento de la normativa
sectorial vigente en dichas materias.
6. S
i durante la realización de las actividades se detectara la presencia de alguna especie
incluida en el Catálogo de Especies Amenazadas de Extremadura (Decreto 37/2001;
DOE n.º 30, de 13 de marzo; y posteriores modificaciones Decreto 74/2016, de 7 de
junio y Decreto 78/2018, de 5 de junio) y/o del Catálogo Español de Especies Amenazadas (Real Decreto 139/2011), que pudiera verse afectada por las mismas, se estaría a lo
dispuesto por el personal de la Dirección General de Sostenibilidad, previa comunicación
de tal circunstancia.
7. E
l abastecimiento de agua del proyecto se realizará desde la red general municipal existente y además se prevé la reutilización en el proyecto del agua residual depurada en las
dos EDAR municipales. Se deberá, por tanto, obtener las correspondientes concesiones
otorgadas por el Ayuntamiento de Trujillo y la Confederación Hidrográfica del Tajo, respectivamente.
8. E
n la reutilización de las aguas residuales depuradas se estará a lo dispuesto en las
correspondientes concesiones de reutilización de aguas residuales depuradas otorgadas
por la Confederación Hidrográfica del Tajo y que actualmente se encuentran en trámite
bajo los números de expediente RU-0001/2022 y RU-0002/2022.