Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060681)
Resolución de 24 de febrero de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental relativa al proyecto de "Planta de producción de diamantes sintéticos, en el término municipal de Trujillo (Cáceres)". Expte.: IA22/1266.
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NÚMERO 42
Jueves 2 de marzo de 2023
13558
2000, siempre que se cumplan las medidas indicadas en el informe, las cuales han sido
recogidas en la presente declaración de impacto ambiental.
C.2.2 Sistema hidrológico y calidad de las aguas.
En lo referente a zonas protegidas recogidas oficialmente en el PHT 2015-2021, la instalación (planta e infraestructura eléctrica) se encuentra dentro del área de captación
de la zona sensible “Embalse de Alcántara 2 – ESCM552” y de la zona de influencia de
Reservas Naturales Fluviales “Río Almonte - ES030RNF084”.
En relación con aguas superficiales, la instalación (planta e infraestructura eléctrica)
se encuentra próxima en algunos casos (e intercepta en otros) de aguas superficiales
pertenecientes al sistema de explotación Bajo Tajo.
En cuanto a las aguas subterráneas, la instalación (planta e infraestructura eléctrica)
no asienta sobre las masas de agua subterráneas.
El proyecto requiere un volumen de agua que asciende a la cantidad de 736.162,00 m3/
año. Este volumen de agua provendrá de la red de abastecimiento municipal del Ayuntamiento de Trujillo y de la concesión de reutilización de las aguas depuradas.
Según informe de la Confederación Hidrográfica del Tajo, se prevé la reutilización del
agua residual depurada en las dos EDAR municipales [EDAR Trujillo – arroyo Mimbreras
y EDAR Trujillo (Zona Este y Polígono Industrial – arroyo Caballo)], para el uso en las
torres de refrigeración, aseos y limpieza de instalaciones de la fábrica.
La reutilización deberá cumplir con lo establecido en el Real Decreto 1620/2007, de 7
de diciembre, por el que se establece el régimen jurídico de la reutilización de las aguas
depuradas.
Estos procedimientos se encuentran en fase de tramitación en la Confederación Hidrográfica del Tajo con números de expediente RU-0001/2022 y RU-0002/2022.
Los vertidos generados en el desarrollo de la actividad de la industria serán los
siguientes:
• Aguas sanitarias: Procedentes de los servicios higiénicos y vestuarios. El volumen
estimado de este flujo es de 10.950 m3/año y será conducido en su totalidad a la
red general de saneamiento.
• Aguas de proceso: Procedentes de las purgas de las torres de refrigeración y los
equipos de desionización. Serán conducidas hasta la red de saneamiento munici-
Jueves 2 de marzo de 2023
13558
2000, siempre que se cumplan las medidas indicadas en el informe, las cuales han sido
recogidas en la presente declaración de impacto ambiental.
C.2.2 Sistema hidrológico y calidad de las aguas.
En lo referente a zonas protegidas recogidas oficialmente en el PHT 2015-2021, la instalación (planta e infraestructura eléctrica) se encuentra dentro del área de captación
de la zona sensible “Embalse de Alcántara 2 – ESCM552” y de la zona de influencia de
Reservas Naturales Fluviales “Río Almonte - ES030RNF084”.
En relación con aguas superficiales, la instalación (planta e infraestructura eléctrica)
se encuentra próxima en algunos casos (e intercepta en otros) de aguas superficiales
pertenecientes al sistema de explotación Bajo Tajo.
En cuanto a las aguas subterráneas, la instalación (planta e infraestructura eléctrica)
no asienta sobre las masas de agua subterráneas.
El proyecto requiere un volumen de agua que asciende a la cantidad de 736.162,00 m3/
año. Este volumen de agua provendrá de la red de abastecimiento municipal del Ayuntamiento de Trujillo y de la concesión de reutilización de las aguas depuradas.
Según informe de la Confederación Hidrográfica del Tajo, se prevé la reutilización del
agua residual depurada en las dos EDAR municipales [EDAR Trujillo – arroyo Mimbreras
y EDAR Trujillo (Zona Este y Polígono Industrial – arroyo Caballo)], para el uso en las
torres de refrigeración, aseos y limpieza de instalaciones de la fábrica.
La reutilización deberá cumplir con lo establecido en el Real Decreto 1620/2007, de 7
de diciembre, por el que se establece el régimen jurídico de la reutilización de las aguas
depuradas.
Estos procedimientos se encuentran en fase de tramitación en la Confederación Hidrográfica del Tajo con números de expediente RU-0001/2022 y RU-0002/2022.
Los vertidos generados en el desarrollo de la actividad de la industria serán los
siguientes:
• Aguas sanitarias: Procedentes de los servicios higiénicos y vestuarios. El volumen
estimado de este flujo es de 10.950 m3/año y será conducido en su totalidad a la
red general de saneamiento.
• Aguas de proceso: Procedentes de las purgas de las torres de refrigeración y los
equipos de desionización. Serán conducidas hasta la red de saneamiento munici-