Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Sector Vitivinícola. Ayudas. (2023060595)
Resolución de 17 de febrero de 2023, de la Secretaría General, por la que se efectúa la convocatoria de la ayuda a la destilación de subproductos de la vinificación en la Comunidad Autónoma de Extremadura para la campaña 2022/2023, al amparo del Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre, para la aplicación de las medidas del Programa de apoyo 2019/2023 al sector vitivinícola español. Ejercicio FEAGA 2023.
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NÚMERO 42
Jueves 2 de marzo de 2023

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de pago de los gastos de transporte al productor” o “anexo n.º 6 Justificante de los gastos
de transporte”).
d) La justificación del destino del alcohol obtenido (“anexo n.º 7. Justificante del destino
del Alcohol obtenido de la destilación de subproductos”), conforme a lo dispuesto en el
artículo 59 del Real Decreto 1363/2018.
4. S
 i tras la verificación de los datos contenidos en la solicitud se comprobara la existencia
de datos falsos, que en ningún caso puedan considerarse errores o defectos subsanables,
la solicitud no se considerará admisible para recibir la ayuda por esta medida, ello sin perjuicio de la instrucción del procedimiento sancionador por infracción administrativa, según
lo previsto en el artículo 39.1.d) de la Ley 24/2003, de 10 de julio, de la Viña y del Vino.
5. S
 i alguna de las solicitudes no reuniese los requisitos exigidos, se requerirá a la persona
o entidad interesada para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los
documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistida su solicitud, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el
artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, según lo establecido en su artículo 68.
Sexto. Formularios normalizados.
1. L
 os formularios de solicitud y demás justificaciones o certificaciones exigidos para la correcta tramitación de la ayuda se incluyen como anexos a la presente resolución de convocatoria, constituyendo modelos normalizados encuadrados en el conjunto de formularios
correspondientes a la medida de eliminación de subproductos de la vinificación, puestos a
disposición de las personas y entidades interesadas. Los mismos se generarán por medios
telemáticos a través de internet, en el portal oficial de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio (https://aradoacceso.juntaex.es/), enlace a la iniciativa
ARADO Y LABOREO.
Cumplimentado el trámite, los anexos que se generen a través del mismo deberán ser impresos, firmados y presentados junto con la documentación de representación legal, en su
caso, y se dirigirán a la Dirección General de Política Agraria Comunitaria, por los medios
establecidos en el resuelvo quinto, apartado 2.
2. L
 os anexos referidos en esta resolución de convocatoria se acompañarán de los documentos e informaciones aquí determinados, salvo que hayan sido aportados anteriormente por
la persona o entidad interesada a cualquier Administración. A estos efectos, se deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó los citados documentos.
Se presumirá la autorización para recabar por la autoridad competente dichos documentos,