Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060575)
Resolución de 17 de febrero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura y la Universidad de Extremadura para la realización de estudios destinados a la conservación de humedales y la mejora de la conectividad en Extremadura financiados por el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Financiado por la Unión Europea NEXT-GenerationEU. N.º expediente: MR 2218003MR001
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NÚMERO 42
Jueves 2 de marzo de 2023

13229

3. A
 portación económica.
Dado que el cálculo del presupuesto del presente convenio se ha realizado en base a los datos
disponibles en el momento de su elaboración sin tener en cuenta aquellos acontecimientos
que puedan producirse y desconocidos en ese momento, cabe reseñar que estas estimaciones
igualmente, quedan afectadas a la evolución de cada una de las actuaciones. En este sentido, y motivado por la ocurrencia de variaciones no previstas en el convenio, el desglose del
presupuesto de gastos asignado por anualidades previsto en el presente anexo, podrá sufrir
variaciones de hasta un 20% de la cuantía total anual entre los importes previstos para las
actividades de una misma actuación, sin que en ningún caso estas modificaciones supongan
un aumento del presupuesto total del convenio, del importe de cada actuación, ni un cambio
de las aportaciones anuales consignadas. Sólo se admitirán este tipo de modificaciones en
aquellos supuestos que cumplan los siguientes requisitos:
— No se modifique el objeto del convenio.
— No se modifique el objeto de cada una de las actuaciones.
— No se modifique el importe total presupuestado para cada anualidad del convenio.
Estas modificaciones tendrán la consideración de no sustanciales y se deberán comunicar por
parte de la Universidad de Extremadura a la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad en el momento de presentar la certificación. Las variaciones en un porcentaje superior
al 20 % de la cuantía total anual requerirán en todo caso autorización previa por Consejo de
Gobierno.