Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060575)
Resolución de 17 de febrero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura y la Universidad de Extremadura para la realización de estudios destinados a la conservación de humedales y la mejora de la conectividad en Extremadura financiados por el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Financiado por la Unión Europea NEXT-GenerationEU. N.º expediente: MR 2218003MR001
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NÚMERO 42
Jueves 2 de marzo de 2023

13211

Realizada esta verificación se puede CONCLUIR que se establecen los mecanismos necesarios para garantizar la ausencia de doble financiación.
F. IDENTIFICACIÓN DEL PRECEPTOR FINAL DE LOS FONDOS (art.8 orden):
En el momento en que la Universidad de Extremadura proceda a subcontratar, deberá
obtener de cada subcontratista tanto la aceptación de la cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas, así como Declaración responsable relativa al compromiso
de cumplimiento de los principios transversales establecidos en el PRTR y que pudieran
afectar al ámbito objeto de gestión conforme a los modelos establecidos en el apartado
anterior. La Universidad de Extremadura queda obligado a proporcionar al Director/a del
convenio, en el plazo de 7 días, desde la formalización de la subcontratación la documentación a la que se refiere el apartado anterior. Se deben recabar todos estos datos del
subcontratista:
— NIF.
— Nombre de la persona física o razón social de la persona jurídica.
— Domicilio fiscal de la persona física o jurídica.
— Fecha de nacimiento o de constitución
— Aceptación de la cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas para dar
cumplimiento a lo previsto en la normativa europea que es de aplicación de conformidad
con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y
garantía de los derechos digitales (Modelo anexo IV.B).
— En su caso, información relativa al titular real de conformidad con el artículo 10 de la
Orden HFP/1031/2021 (NIF, nombre y fecha de nacimiento).
— Los subcontratistas acreditarán la inscripción en el Censo de empresarios, profesionales
y retenedores de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
El Servicio Gestor se compromete a llevar un registro de los subcontratistas que en su caso
se deriven de la contratación y asignación de los fondos MRR.
En todo caso, las entidades subcontratistas respetarán el principio DNSH y las obligaciones
relativas al etiquetado verde y digital.