Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Sector Vitivinícola. Ayudas. (2023060689)
Extracto de la Resolución de 17 de febrero de 2023, de la Secretaría General, por la que se efectúa la convocatoria de la ayuda a la destilación de subproductos de la vinificación en la Comunidad Autónoma de Extremadura para la campaña 2022/2023, al amparo del Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre, para la aplicación de las medidas del Programa de apoyo 2019/2023 al sector vitivinícola español. Ejercicio FEAGA 2023.
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NÚMERO 42
Jueves 2 de marzo de 2023

13294

EXTRACTO de la Resolución de 17 de febrero de 2023, de la Secretaría
General, por la que se efectúa la convocatoria de la ayuda a la destilación de
subproductos de la vinificación en la Comunidad Autónoma de Extremadura
para la campaña 2022/2023, al amparo del Real Decreto 1363/2018, de
2 de noviembre, para la aplicación de las medidas del Programa de apoyo
2019/2023 al sector vitivinícola español. Ejercicio FEAGA 2023. (2023060689)
BDNS(Identif.): 678588
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b), 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones y en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se publica el extracto
de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de
Subvenciones (http://infosubvenciones.gob.es) y en el presente DOE.
Primero. Objeto.
Ayudas a la destilación de subproductos de la vinificación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura en la campaña vitivinícola 2022/2023, de conformidad con lo establecido en la sección 3ª, capítulo II del Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre, para la
aplicación de las medidas del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola español,
modificado por Real Decreto 608/2019, de 25 de octubre (BOE n.º 258, de 26 de octubre de
2019), por Real Decreto 137/2020, de 28 de enero (BOE n.º 25, de 29 de enero de 2020),
por Real Decreto 557/2020, de 9 de junio (BOE n.º 163, de 10 de junio de 2020), por Real
Decreto 558/2020, de 9 de junio (BOE n.º 163, de 10 de junio de 2020), por Real Decreto
617/2020 de 30 de junio (BOE n.º 181, de 1 de julio de 2020), por Real Decreto 283/2021,
de 20 de abril (BOE n.º 95, de 21 de abril de 2021) y por el Real Decreto 112/2022, de 8 de
febrero (BOE n.º 34, de 9 de febrero de 2022).
Segundo. Personas y entidades beneficiarias.
Las personas y entidades destiladoras autorizadas en Extremadura que transformen los subproductos de la vinificación obtenidos en territorio nacional, entregados para su destilación en
alcohol bruto con un grado alcohólico mínimo del 92 por cien vol.
Tercero. Bases reguladoras.
Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre, para la aplicación de las medidas del programa
de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola español (BOE n.º 266, de 3 de noviembre), modificado por Real Decreto 608/2019, de 25 de octubre (BOE n.º 258, de 26 de octubre de 2019),
por Real Decreto 137/2020, de 28 de enero (BOE n.º 25, de 29 de enero de 2020), por Real