Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Política Agraria Comunitaria. Ayudas. (2023060692)
Resolución de 27 de febrero de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan, para la campaña 2023/2024, los pagos directos asociados, ayuda básica a la renta para la sostenibilidad, la ayuda complementaria a la renta para la sostenibilidad, la ayuda complementaria a la renta para jóvenes agricultores y jóvenes agricultoras y regímenes en favor del clima y de medio ambiente (eco-regímenes), los pagos directos asociados a las personas agricultoras y a las personas ganaderas, los pagos establecidos en función del Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad Autónoma de Extremadura y las ayudas y pago de primera anualidad de determinadas intervenciones recogidas en el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027.
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NÚMERO 41
Miércoles 1 de marzo de 2023

12937

87 del Decreto 211/2016, de 28 de diciembre, por el que se regula el régimen de ayudas
agroambientales y climáticas y agricultura ecológica para prácticas agrarias compatibles
con la protección y mejora del medio ambiente en la Comunidad Autónoma de Extremadura y por el que se modifica el Decreto 8/2016, de 26 de enero, por el que se regula la
ayuda a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas en la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
Las solicitudes de pago de la quinta anualidad se resolverán por esta Secretaría General
en el plazo máximo de seis meses computados a partir de la finalización del plazo para la
realización del pago establecido por los Reglamentos de la Unión Europea, pudiendo entenderse desestimadas en caso de producirse el silencio administrativo.
5. L
 a ordenación e instrucción del procedimiento de concesión y pago de primera anualidad
de las ayudas en virtud de las intervenciones establecidas en el Plan Estratégico de la PAC
2023-2027 en relación con compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión en la Comunidad Autónoma de Extremadura, corresponderá al Servicio
de Ayudas Complementarias de la Dirección General de Política Agraria Comunitaria de
la Consejería competente en materia de agricultura de la Junta de Extremadura, salvo la
correspondiente a la Ayuda a la Producción Integrada del Tabaco que corresponderá al Servicio de Ayudas y Regulación de Mercados de la misma Dirección General, conforme establecen los artículos 59 y 65 de la Orden de 22 de febrero de 2023 por la que se establecen
las bases reguladoras de determinadas intervenciones establecidas en el Plan Estratégico
de la PAC 2023-2027 en relación con compromisos medioambientales, climáticos y otros
compromisos de gestión en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE nº 37 de 23 de
febrero de 2023),
De conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, las solicitudes de concesión y pago
de la primera anualidad de las ayudas derivadas de dichas intervenciones se resolverán
por la persona titular de la Secretaría General de la Consejería competente en materia de
agricultura de la Junta de Extremadura o, en su caso, por el órgano en quien delegue, en
el plazo máximo de seis meses, computados conforme a lo previsto en el artículo 61 de
esa misma Orden para las solicitudes de concesión y en el artículo 67 para las solicitudes
de pago de la primera anualidad, pudiendo entenderse desestimadas por silencio administrativo por el transcurso de dichos plazos sin haberse dictado y notificado la resolución
del procedimiento. Este plazo máximo se justifica con arreglo a lo previsto en el párrafo
segundo del apartado 1 de los citados artículos 61 y 67 de la referida Orden.
6. L
 a ordenación e instrucción del procedimiento de concesión y pago de las ayudas a zonas
con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas (6613 PEPAC), corresponderá al