Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060596)
Resolución de 20 de febrero de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Concesión de aguas superficiales del río Zújar con destino a riego de 21,35 hectáreas en la finca La Portugalesa", ubicado en el término municipal de Campanario (Badajoz). Expte.: IA20/1105.
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Miércoles 1 de marzo de 2023



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C.2.7 Consumo de recursos y cambio climático.

La fase de construcción supondrá un efecto directo, escueto y negativo sobre el cambio
climático, al generarse emisiones durante las diferentes acciones que la conforman.
Tales impactos se producirán a corto plazo, permanecerán de forma temporal y serán
recuperables y reversibles.
Durante la fase de funcionamiento y debido al mantenimiento en el tiempo de un cultivo permanente leñoso, se puede generar un impacto positivo y permanente frente al
cambio climático, al aumentar la vegetación fijadora de gases de efecto invernadero.
En cuanto al consumo de recursos, el principal recurso natural consumido como consecuencia de la transformación a regadío pretendida es el agua, habiendo solicitado
66.612 m3/año al Órgano de cuenca, que informa que existirían recursos hídricos suficientes para el otorgamiento de dicha concesión, estando, en cualquier caso, a lo dispuesto en la resolución del procedimiento.


C.2.8 Medio socioeconómico.

El impacto sobre el medio socioeconómico es positivo por la generación de empleo, que
contribuirá a fijar población en el entorno de la actividad y al aumento de la renta de la
explotación.


C.2.9 Sinergias y efectos acumulativos.

Respecto a los posibles efectos acumulativos y sinérgicos que pudiera provocar el proyecto de referencia, puede admitirse que la plantación de olivos y la puesta en riego de
toda la superficie pudiera conllevar un efecto acumulativo de carácter negativo, aunque
éste sería limitado y en todo caso asumible, al no existir en los alrededores de la zona
de actuación terrenos dedicados a cultivos en regadío que requiriesen de más consumo
de agua superficial, sino que son mayoritariamente de secano, y a la regulación del
caudal que permite la proximidad del embalse del Zújar, así como las medidas incluidas
en el EsIA, y en la presente declaración de impacto ambiental, hacen compatible dicho
impacto ambiental.


C.2.10 Vulnerabilidad del proyecto. Riesgos de accidentes graves o catástrofes.

De conformidad con lo estipulado en la Ley 9/2018, de 5 de diciembre, por la que se
modifica la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, se cumplirá lo referido a la vulnerabilidad del proyecto frente a catástrofes naturales y accidentes graves
del proyecto, así como las medidas para mitigar el efecto adverso significativo sobre el