Universidad De Extremadura. Reglamento De Organización Y Funcionamiento. (2023060593)
Resolución de 14 de febrero de 2023, del Rector, por la que se ejecuta el Acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno por el que se aprueba el Reglamento del Servicio de Publicaciones de la Universidad de Extremadura y se ordena su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
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NÚMERO 41
Miércoles 1 de marzo de 2023



13093

• Todas aquellas obras que, a juicio del Consejo Asesor, revistan el suficiente interés
científico, artístico, cultural o económico, que justifiquen su publicación.

b) La selección y programación anual de las publicaciones que serán editadas.
c) La promoción y apoyo a las publicaciones electrónicas en acceso abierto recomendando
a los autores la edición en abierto de sus investigaciones y trabajos científicos.
d) La firma de contratos de edición con los autores estableciendo las condiciones de edición, derechos de autor, difusión y venta. Igualmente, la firma de contratos de coedición
con otras editoriales universitarias o comerciales, públicas o privadas fijando los acuerdos de cofinanciación, tirada de ejemplares, ventas y derechos de autor.
e) L
 a solicitud a la Agencia Española del ISBN del Ministerio de Cultura como editorial universitaria y académica del prefijo editorial, así como los ISBN para libros y los ISSN para
publicaciones seriadas, colecciones y revistas.
f) La solicitud de DOIs (Digital Object Identifier) a la agencia de registro correspondiente,
así como el depósito, activación y pago anual.
g) La gestión, difusión, distribución y comercialización de sus publicaciones, directamente
o mediante el establecimiento de contratos con distribuidoras públicas y entidades privadas, nacionales y extranjeras.
h) L
 a gestión de los derechos de explotación cuya titularidad corresponda al Servicio de
Publicaciones.
i) La promoción y mantenimiento permanente de un fluido y eficaz intercambio científico
de publicaciones con otras Universidades, Centros de Investigación, Instituciones culturales o cualquier otro tipo de entidades nacionales o extranjeras. Los fondos bibliográficos recibidos en concepto de intercambio o donación serán enviados al Servicio de
Bibliotecas y Archivos de la Universidad.
j) La colaboración con el Servicio de Bibliotecas y Archivos en la adquisición de fondos bibliográficos ajenos, a través del intercambio o mediante la realización de gestiones que
permitan obtener los beneficios económicos que se derivan del descuento editorial.
k) La gestión editorial de las revistas científicas de la Universidad, conforme a lo dispuesto
en su normativa específica, así como el mantenimiento y actualización de la plataforma
de revistas científicas en OJS (Open Journal Systems).
l) La adopción de medidas apropiadas que aseguren la conservación, mantenimiento y el
control de fondos bibliográficos propios.