Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Producción Integrada. (2023050045)
Orden de 23 de febrero de 2023 por la que se aprueba la norma técnica específica de producción integrada de estevia en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
23 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 40
Martes 28 de febrero de 2023
12385
c) Abandonar, quemar o enterrar los envoltorios, envases y recipientes de productos
fitosanitarios en la parcela y alrededores.
I.6.3. PRÁCTICAS RECOMENDADAS.
a) Proteger la fauna auxiliar de la zona.
b) En caso de que sea posible, alternar materias activas de distintos mecanismos de
actuación y diferentes grupos químicos para evitar resistencias.
c) Disponer de zonas preparadas expresamente para llenar cubas, lavar equipos,
depositar restos de caldos no utilizados y gestión general de líquidos que puedan
contener restos de fitosanitarios.
I.7. RECOLECCIÓN.
I.7.1. PRÁCTICAS OBLIGATORIAS.
a) Mantener el equipo de recolección en condiciones adecuadas de utilización. Limpiar
la cosechadora cuando provenga de parcelas que no cumplan prácticas de
Producción Integrada.
b) Tomar las muestras necesarias para analizar la posible presencia de productos
fitosanitarios y garantizar un contenido de residuos inferior al Límite Máximo de
Residuos (LMR) especificado en la legislación vigente.
I.7.2. PRÁCTICAS RECOMENDADAS.
a) En parcelas con alta infestación de malas hierbas invasoras comenzar la cosecha
por las zonas más afectadas, terminando por las más limpias, de forma que al
terminar la recolección no se propaguen semillas a otras parcelas
I.8. CUADERNO DE EXPLOTACIÓN.
I.8.1. PRÁCTICAS OBLIGATORIAS.
a) Las personas Operadora-Productoras que se incorporen a la Producción Integrada,
deberán proveerse de un Cuaderno de Explotación, que cuente al menos con los
apartados con los que cuenta el modelo aprobado por la Consejería de Agricultura,
Desarrollo Rural, Población y Territorio.
b) En este cuaderno se anotarán los datos identificativos de la parcela y con suficiente
detalle todas las labores e incidencias del cultivo, en las fechas en que se han
realizado o producido. El cuaderno deberá estar actualizado.
c) La persona operadora-productora y el personal técnico responsable, se
responsabilizarán, con su firma, de la veracidad de las operaciones registradas en el
cuaderno.
d) Este cuaderno estará siempre disponible para su inspección por los Servicios
Oficiales competentes y la Entidad de Control correspondiente para efectuar las
comprobaciones oportunas.
e) Los Organismos de Control y los Servicios Oficiales competentes tendrán libre
acceso a las parcelas de Producción Integrada para efectuar las comprobaciones
oportunas.
Martes 28 de febrero de 2023
12385
c) Abandonar, quemar o enterrar los envoltorios, envases y recipientes de productos
fitosanitarios en la parcela y alrededores.
I.6.3. PRÁCTICAS RECOMENDADAS.
a) Proteger la fauna auxiliar de la zona.
b) En caso de que sea posible, alternar materias activas de distintos mecanismos de
actuación y diferentes grupos químicos para evitar resistencias.
c) Disponer de zonas preparadas expresamente para llenar cubas, lavar equipos,
depositar restos de caldos no utilizados y gestión general de líquidos que puedan
contener restos de fitosanitarios.
I.7. RECOLECCIÓN.
I.7.1. PRÁCTICAS OBLIGATORIAS.
a) Mantener el equipo de recolección en condiciones adecuadas de utilización. Limpiar
la cosechadora cuando provenga de parcelas que no cumplan prácticas de
Producción Integrada.
b) Tomar las muestras necesarias para analizar la posible presencia de productos
fitosanitarios y garantizar un contenido de residuos inferior al Límite Máximo de
Residuos (LMR) especificado en la legislación vigente.
I.7.2. PRÁCTICAS RECOMENDADAS.
a) En parcelas con alta infestación de malas hierbas invasoras comenzar la cosecha
por las zonas más afectadas, terminando por las más limpias, de forma que al
terminar la recolección no se propaguen semillas a otras parcelas
I.8. CUADERNO DE EXPLOTACIÓN.
I.8.1. PRÁCTICAS OBLIGATORIAS.
a) Las personas Operadora-Productoras que se incorporen a la Producción Integrada,
deberán proveerse de un Cuaderno de Explotación, que cuente al menos con los
apartados con los que cuenta el modelo aprobado por la Consejería de Agricultura,
Desarrollo Rural, Población y Territorio.
b) En este cuaderno se anotarán los datos identificativos de la parcela y con suficiente
detalle todas las labores e incidencias del cultivo, en las fechas en que se han
realizado o producido. El cuaderno deberá estar actualizado.
c) La persona operadora-productora y el personal técnico responsable, se
responsabilizarán, con su firma, de la veracidad de las operaciones registradas en el
cuaderno.
d) Este cuaderno estará siempre disponible para su inspección por los Servicios
Oficiales competentes y la Entidad de Control correspondiente para efectuar las
comprobaciones oportunas.
e) Los Organismos de Control y los Servicios Oficiales competentes tendrán libre
acceso a las parcelas de Producción Integrada para efectuar las comprobaciones
oportunas.