Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Producción Integrada. (2023050044)
Orden de 23 de febrero de 2023 por la que se aprueba la norma técnica específica de producción integrada del cultivo de leguminosas grano en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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a) Presencia de cualquier cuerpo extraño en los receptáculos, contenedores y medios
de transportes.
b) Uso de productos químicos para su conservación.
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II.7.3. PRÁCTICASNÚMERO
RECOMENDADAS
Martes 28 de febrero de 2023

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a) Disponer de un sistema que mantenga una rotación correcta y control de existencias
almacenadas.
II.8. COMERCIALIZACIÓN
II.8.1. PRÁCTICAS OBLIGATORIAS
a) El Organismo responsable de la certificación expedirá un documento al final de la
campaña, en él se certificará el total de kilogramos o toneladas de leguminosas que
se ha manipulado por la persona operadora y que ha cumplido con los requisitos
exigidos en la normativa referente a la Producción Integrada y comercializado con la
designación de Producción Integrada.
b) Las leguminosas grano manipuladas y/o procesadas deberán ir siempre acompañado
de un documento de producto conforme que acredite que el producto ha superado
todos los controles. Este documento incluirá como datos mínimos:






Especie y cantidad.
Código de identificación del documento de producto conforme.
Lugar de destino.
Forma de transporte.
Datos de la persona operadora, emisora y receptora.

c) En el caso de etiquetado de Producción Integrada, deberá ser previamente
supervisado y autorizado por el órgano competente de la Dirección General con
competencias en esta materia de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural,
Población y Territorio.
II.9. REGISTROS DE TRAZABILIDAD
II.9.1. PRÁCTICAS OBLIGATORIAS
a) La persona Operadora-Transformadora-Comercializadora que se incorpore a la
Producción Integrada, deberá disponer de registros que permitan la verificación de los
aspectos contemplados en esta norma técnica.
b) Se llevará a cabo un registro con todas las anotaciones referidas a la Producción
Integrada, preferentemente informatizado.
c) En los Registros de Entradas y Salidas, independientemente del formato empleado,
deberán anotarse todos los documentos a los que hacen referencia las entradas y
salidas, adjuntándose a éste los originales o fotocopias (claras y legibles).
d) En dicho documento se anotarán todas las entradas de las materias primas
especificando la parcela de origen, especie y/o tipo de variedad, cantidad, fecha en
que se ha producido, fecha de entrada, persona quien realiza la entrega, etc., De igual
modo se anotarán todas las salidas identificando en el cuadro correspondiente el
producto, cantidad total, persona destinaria, código de trazabilidad, etc., este libro
debe actualizarse al menos semanalmente. Los registros generados deben ser
conservados durante 5 años.
e) El Organismo responsable de la certificación tendrá libre acceso a cualquier tipo de
documentación referida al sistema de Producción Integrada, así como a todas y cada
una de las instalaciones utilizadas para obtener esta producción y así poder llevar a
cabo el control que considere necesario y oportuno. En consecuencia, las personas
operadoras están obligadas ante el Organismo responsable de la certificación a:


Suministrar información referida a instalaciones, productos, servicios o
procesos productivos, permitiendo la comprobación directa.