Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Producción Integrada. (2023050043)
Orden de 23 de febrero de 2023 por la que se aprueba la norma técnica específica de producción integrada del cultivo de la colza en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 40
Martes 28 de febrero de 2023

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b) Contratación de empresas especializadas para programa detallado de desinfección,
desinsectación y desratización, utilizando métodos y productos autorizados. El
programa incluirá información mínima: identificación del equipo de trabajo, tareas y
frecuencia de las mismas, material, productos, métodos de aplicación y situación de
trampas.
c) La limpieza y lucha contra parásitos en los lugares donde haya producto se realizará
de forma que no se ocasione ningún tipo de contaminación en ésta, utilizando
productos autorizados para la industria alimentaria.
d) Se procederá a la limpieza y desinfección total de los locales de almacenamiento y/o
industria al menos una vez al año, limpia de restos de envases, plásticos, etc.
e) La disposición de los equipos debe permitir su mantenimiento y limpieza adecuados,
en línea con unas buenas prácticas de higiene.
f) Se preverá un local donde se pueda comer o permanecer independientemente de las
zonas de recepción, elaboración, envasado y almacenamiento.
g) Industrias de tipo mixtas y que dispongan exclusivamente de una sola línea para el
procesado, deberá respetarse la separación de la colza procedente de Producción
Integrada de aquél que no lo sea durante todo el proceso y manipulación.
h) En toda la instalación, cintas transportadoras, sinfines, depósitos, etc., debe
asegurarse que el vaciado sea total y permita su limpieza de forma adecuada.
i) Todas las instalaciones estarán en buen estado de conservación mediante un
adecuado mantenimiento.
j) Tanto la maquinaria como las herramientas que se utilicen deben ser seguras y
encontrarse en buen estado para su adecuado uso.
k) Materiales poliméricos autorizados serán inocuos y no deberán trasmitir al producto
elaborado, propiedades nocivas a los animales, ni cambiar sus características
organolépticas.
l) Todos los productos de limpieza, desinfección, así como cualquier producto químico
estarán correctamente etiquetados y autorizados para su uso. Estos productos se
encontrarán en un almacén señalizado y aislado del resto de las instalaciones.
Solamente tendrán acceso a ellos y los manipularán el personal designado por la
empresa.
m) Deberán disponer de contenedores suficientes, debidamente identificados y de uso
exclusivo para residuos o desechos de la instalación. Estos contenedores serán
exclusivos y se limpiarán periódicamente debiéndose establecer un plan de limpieza
para ello.
n) Existirá una planificación ordenada, minimizando al máximo cualquier olor anormal.
Así como un sistema de recogida selectiva de residuos para facilitar su reciclado.
o) La empresa debe disponer de una guía de buenas prácticas de higiene y manipulado
en el que se especifiquen unos requisitos mínimos.
p) El agua utilizada en la industria para el procesado del producto deberá proceder de la
red pública, o en caso de tener otra procedencia, deberá ser perfectamente
demostrada su potabilidad, tanto la utilizada para el contacto directo con la materia
prima, como para cualquier superficie en contacto con ésta. Se llevará a cabo limpieza
y desinfección periódica de depósitos de almacenamiento de la misma, en su caso.
q) Los tratamientos a realizar en silos, almacenes, depósitos y al propio producto, deben
contar con la autorización del técnico asesor y estar bajo su control. Deberá
comprobarse a la fecha de realización de la desinfección que la materia activa se
encuentra autorizada.