Consejería De Educación Y Empleo. Empleo. Ayudas. (2023050040)
Orden de 17 de febrero de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a las personas trabajadoras afectadas por los expedientes de regulación temporal de empleo acogidos al mecanismo Red de flexibilidad y estabilización del empleo o por causa de fuerza mayor temporal, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 39
Lunes 27 de febrero de 2023

12045

La presente orden incorpora una línea de ayudas que tienen por objeto compensar a las personas trabajadoras por cuenta ajena afectadas por la autorización de expedientes de regulación temporales de empleo regulados en los artículos 47.5, 47.6 y 47 bis del texto refundido
del Estatuto de los Trabajadores aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de
octubre, al objeto de completar las prestaciones estatales y de esta manera poder alcanzar el
salario mínimo interprofesional.
La presente disposición se adecua a los principios de buena regulación, de conformidad con
lo establecido en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procefimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 36 y 92.1 de la Ley 1/2002, de
28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, previos informes de la Abogacía General y de la Intervención General,
DISPONGO:
Artículo 1. Objeto.
La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de una línea de ayudas
destinadas a compensar a las personas trabajadoras por cuenta ajena afectadas por la autorización de expedientes de regulación temporal de empleo en el ámbito de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, por fuerza mayor o sujetos al Mecanismo Red de Flexibilidad y Estabilización del Empleo, regulados en los artículos 47.5, 47.6 y 47.bis del texto refundido del
Estatuto de los Trabajadores aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
Artículo 2. Plan estratégico.
A los efectos de lo establecido en el artículo 5 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se considera como plan estratégico de
las subvenciones previstas en la presente orden el plan específico elaborado al efecto, y los
Planes anuales de Empleo aprobados por la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Artículo 3. Personas beneficiarias.
1. P
 odrán ser beneficiarias de las ayudas previstas en esta orden las personas trabajadoras
por cuenta ajena que se hayan visto afectadas por un expediente de regulación de empleo
de carácter temporal mediante el que se suspenda su contrato de trabajo o se reduzca su
jornada laboral y a consecuencia del mismo tengan reconocido por el Servicio Público de
Empleo Estatal el derecho a recibir una prestación contributiva por desempleo siempre que
dicho expediente de regulación temporal de empleo deberá estar acogido al Mecanismo
RED de Flexibilidad y Estabilización del Empleo.