Consejería De Educación Y Empleo. Empleo. Ayudas. (2023050040)
Orden de 17 de febrero de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a las personas trabajadoras afectadas por los expedientes de regulación temporal de empleo acogidos al mecanismo Red de flexibilidad y estabilización del empleo o por causa de fuerza mayor temporal, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 39
Lunes 27 de febrero de 2023

12043

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO
ORDEN de 17 de febrero de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras
para la concesión de ayudas a las personas trabajadoras afectadas por los
expedientes de regulación temporal de empleo acogidos al mecanismo Red de
flexibilidad y estabilización del empleo o por causa de fuerza mayor temporal,
en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura. (2023050040)
La Ley 7/2001, de 14 de junio, de creación del Servicio Extremeño Público de Empleo establece entre los fines del mismo la gestión y coordinación de los procesos derivados de las
políticas de empleo, entre ellos los que contribuyen al mantenimiento del empleo y al fomento
del empleo de calidad. Así mismo, el artículo 4 del Decreto 26/2009 por el que se aprueban los
Estatutos del Servicio Extremeño Público de Empleo, establece entre sus funciones el fomento
de la estabilidad en el empleo y la calidad del mismo.
Por su parte, el Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la
reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de
trabajo, publicado en el Boletín Oficial del Estado número 313, de 30 de diciembre de 2021,
introduce entre otras medidas para facilitar el uso de los expedientes temporales de empleo,
como fórmula alternativa y prioritaria a las extinciones, un nuevo mecanismo de flexibilidad
y estabilización del empleo, a través de artículo 47 bis del texto refundido del Estatuto de los
Trabajadores aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, que se incorpora al texto para atender las necesidades excepcionales de naturaleza macroeconómica o
sectorial que justifiquen la adopción de medidas de ajuste y protección temporal.
Así mismo, dicho Real Decreto-ley establece la posibilidad de solicitar un ERTE por causa de
fuerza mayor temporal, regulado en el artículo 47.5 por las causas establecidas en el artículo 47.6. ambos de nueva redacción tras la reforma laboral. De esta manera se desarrolla
la reducción temporal de jornada o la suspensión de contratos por causa de fuerza mayor
temporal debida a impedimentos o limitaciones en la actividad normalizada, a consecuencia
de decisiones adoptadas por la autoridad competente, incorporando como mecanismo disponible, con un carácter permanente, el régimen de los expedientes de regulación temporal de
empleo a causa de la Covid-19, que han demostrado su eficacia para preservar el empleo y
tejido empresarial ante las contingencias y escenarios de crisis.
En consecuencia, se ha revisado el modelo de ERTE y se ha creado el Mecanismo RED y creación del Fondo RED. El Mecanismo RED de flexibilidad y estabilización en el empleo es un instrumento de flexibilidad y estabilización del empleo que permitirá a las empresas la solicitud
de medidas de reducción de jornada y suspensión de contratos de trabajo. Si bien es cierto