Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Salud. Subvenciones. (2023060577)
Resolución de 9 de febrero de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones destinadas a la financiación de proyectos de entidades de personas afectadas por una enfermedad crónica y/o de sus familiares, desarrollados en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023.
27 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 38
Viernes 24 de febrero de 2023
11791
4. El crédito máximo disponible para esta convocatoria de subvención será distribuido por
orden decreciente en función de la puntuación obtenida por cada entidad solicitante.
Excepcionalmente, cuando dos o más proyectos obtengan la misma puntuación y no exista
crédito suficiente para cubrir la totalidad de aquellos, el desempate se realizará atendiendo
a la mayor puntuación obtenida en los criterios de valoración según el orden establecido en
el resuelvo décimo. En caso de persistir el empate se atenderá a la fecha, hora y minuto
de registro de la solicitud.
Sexto. Gastos subvencionables.
1. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 5 de la Orden de 29 de junio de 2020, por la
que se establecen las bases reguladoras de estas subvenciones, tendrán específicamente
la consideración de gastos subvencionables los relativos a:
a) Costes indirectos. Serán subvencionables los siguientes gastos de mantenimiento del
inmueble donde tenga su sede la entidad beneficiaria:
Alquiler, suministros de agua, energía eléctrica, teléfono e internet, gastos de limpieza, gastos de comunidad o materiales fungibles de oficina, que correspondan al
periodo en que efectivamente se realiza la actividad y en la parte atribuible al proyecto subvencionado.
En ningún caso los costes indirectos podrán superar el 20% del coste total subvencionable, incluidos los gastos a los que se refiere el apartado 3 del mencionado artículo 5
que no podrán superar el 5% del total de la subvención.
b) Costes directos. Serán subvencionables los siguientes gastos:
1º. Los derivados del desarrollo de las actividades contempladas en el proyecto. Se
incluyen en estos gastos los generados por las campañas de información, sensibilización, promoción y prevención a través de los medios de comunicación social.
2º. Los relativos a la contratación de servicios a profesionales autónomos como apoyo
técnico al proyecto y/o contratación laboral del personal vinculado a las entidades
solicitantes indispensables para la realización de la actividad.
El pago por horas de ponencia no podrá superar la cuantía que tenga establecida la
Escuela de Administración Pública de Extremadura para el año 2023.
3º Los gastos de personal que realice las funciones de planificación, coordinación, dirección y evaluación del proyecto que no podrán superar el 10% del coste total subvencionable.
Viernes 24 de febrero de 2023
11791
4. El crédito máximo disponible para esta convocatoria de subvención será distribuido por
orden decreciente en función de la puntuación obtenida por cada entidad solicitante.
Excepcionalmente, cuando dos o más proyectos obtengan la misma puntuación y no exista
crédito suficiente para cubrir la totalidad de aquellos, el desempate se realizará atendiendo
a la mayor puntuación obtenida en los criterios de valoración según el orden establecido en
el resuelvo décimo. En caso de persistir el empate se atenderá a la fecha, hora y minuto
de registro de la solicitud.
Sexto. Gastos subvencionables.
1. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 5 de la Orden de 29 de junio de 2020, por la
que se establecen las bases reguladoras de estas subvenciones, tendrán específicamente
la consideración de gastos subvencionables los relativos a:
a) Costes indirectos. Serán subvencionables los siguientes gastos de mantenimiento del
inmueble donde tenga su sede la entidad beneficiaria:
Alquiler, suministros de agua, energía eléctrica, teléfono e internet, gastos de limpieza, gastos de comunidad o materiales fungibles de oficina, que correspondan al
periodo en que efectivamente se realiza la actividad y en la parte atribuible al proyecto subvencionado.
En ningún caso los costes indirectos podrán superar el 20% del coste total subvencionable, incluidos los gastos a los que se refiere el apartado 3 del mencionado artículo 5
que no podrán superar el 5% del total de la subvención.
b) Costes directos. Serán subvencionables los siguientes gastos:
1º. Los derivados del desarrollo de las actividades contempladas en el proyecto. Se
incluyen en estos gastos los generados por las campañas de información, sensibilización, promoción y prevención a través de los medios de comunicación social.
2º. Los relativos a la contratación de servicios a profesionales autónomos como apoyo
técnico al proyecto y/o contratación laboral del personal vinculado a las entidades
solicitantes indispensables para la realización de la actividad.
El pago por horas de ponencia no podrá superar la cuantía que tenga establecida la
Escuela de Administración Pública de Extremadura para el año 2023.
3º Los gastos de personal que realice las funciones de planificación, coordinación, dirección y evaluación del proyecto que no podrán superar el 10% del coste total subvencionable.