Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060499)
Resolución de 13 de febrero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura y la Universidad de Extremadura para la elaboración del "Estudio sobre la realidad de protección de la Red Natura 2000 en Extremadura". N.º expediente: 2251999FR006.
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NÚMERO 38
Viernes 24 de febrero de 2023

11732

Conforme se establece en el Decreto 170/2019, de 29 de octubre, (DOE núm. 214 de 6 de
noviembre de 2019), modificado por el Decreto 20/2021, de 31 de marzo (DOE núm. 68 de
13 de abril de 2021), entre los órganos directivos que constituyen la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad se encuentra la Dirección General de Sostenibilidad, la cual
llevará a cabo la promoción, ejecución y control en materia de conservación de la naturaleza y
el medio ambiente. Asimismo, es competente en la programación y propuesta de actuaciones
en relación con las áreas naturales protegidas y la biodiversidad. Para el cumplimiento de sus
funciones, la DGS contará entre sus órganos administrativos con el Servicio de Conservación
de la Naturaleza y Áreas Protegidas.
Quinto. La Comunidad Autónoma de Extremadura ha venido desarrollando diversas actuaciones tanto legislativas como ejecutivas, en materia de protección ambiental. Entre ellas se
encuentra la promulgación de la Ley 8/1998, de 26 de junio, de conservación de la naturaleza
y de espacios naturales de Extremadura (BOE núm. 200, de 21 de agosto de 1998), modificada por la Ley 9/2006, de 23 de diciembre (BOE núm. 24, de 27 de enero de 2007), que tiene
como objeto el establecimiento de normas adicionales de protección del patrimonio natural de
Extremadura, para facilitar su protección, conservación, restauración y mejora y asegurar su
desarrollo sostenible y su preservación para las generaciones futuras.
Entre los objetivos perseguidos por esta Ley se encuentra el mantenimiento de los procesos
ecológicos básicos, así como la biodiversidad y la singularidad y diversidad de los paisajes. Por
ello, su artículo 57 establece que el mantenimiento y la preservación de la diversidad biológica
del patrimonio natural y del patrimonio genético común se llevarán a cabo en el marco del
establecimiento de figuras tanto de protección de hábitats naturales como de conservación,
mantenimiento y recuperación de especies animales y vegetales. En este sentido, y entre
otros, se considera como objetivo fundamental o criterio de protección dar preferencia a las
medidas de conservación y preservación en el hábitat natural de cada especie, considerando
la posibilidad de establecer medidas complementarias fuera del mismo.
Sexto. La Junta de Extremadura, a través de la Consejería para la Transición Ecológica y
Sostenibilidad, tiene como compromiso dar respuesta al cumplimiento de las normativas en
materia de gestión y conservación de la Red Natura 2000. Esta obligación deriva de la incorporación de España a la Comunidad Económica Europea que supone la necesidad de desarrollar las obligaciones establecidas en las distintas Directivas de aplicación.
Mediante el artículo 3 de la Directiva 92/43/CE, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres se crea la red ecológica
europea de Zonas Especiales de Conservación, denominada «Natura 2000». Dicha red, compuesta por los lugares que alberguen tipos de hábitats naturales que figuran en su Anexo I y