Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060583)
Resolución de 13 de febrero de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Nueva LAMT 15 (20) kV para cierre de LMT "Feria" de SE "Zafra" entre los apoyos n.º 1 y n.º 24, sito en los parajes El Purgatorio, El Peón, Sierracha y La Pericona", a realizar en el término municipal de Feria (Badajoz), cuya promotora es E-Distribución Redes Digitales, SLU. Expte.: IA21/1321.
32 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 38
Viernes 24 de febrero de 2023
11927
Regulador de la Actividad Arqueológica en Extremadura), se emitirá, en función de las
características de los restos documentados, autorización por la Dirección General de
Patrimonio para el levantamiento de las estructuras localizadas con carácter previo a la
continuación de las actuaciones en este punto, previa solicitud por parte de la empresa
ejecutora de las obras.
4.3. Medidas preventivas y correctoras en la fase de explotación.
– Se mantendrán en correcto estado de funcionamiento y operativas todas las instalaciones y dispositivos para cumplir las medidas preventivas y correctoras incluidas en el
presente informe.
– Se cumplirá lo dispuesto en los términos recogidos en el Real Decreto 1066/2001, de 28
de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece condiciones de protección del dominio público radioeléctrico, restricciones a las emisiones radio-eléctricas
y medidas de protección sanitaria frente a emisiones radioeléctricas.
– Para las labores de mantenimiento de la instalación, se deberá tener en cuenta que, a
priori, en la época de reproducción quedan prohibidos los trabajos de mantenimiento
de las partes de los tendidos eléctricos que soporten nidos o que en sus proximidades
nidifiquen aves incluidas en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección
Especial, de acuerdo con la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y
de la Biodiversidad.
4.4. Medidas compensatorias.
– Se instalará y mantendrá durante toda la vida útil de la línea, una caja nido de cemento
corcho de tipo polivalente, en cada uno de los apoyos. Deberán contar con sistemas de
antidepredación (incluidas chapas perimetrales en cada poste de 0,5 metros de altura,
para evitar la depredación por depredadores que trepan) colocados a 3 metros de altura.
S
e deberán mantener anualmente para garantizar su funcionalidad, siendo necesaria su
reposición cuando se deterioren.
4.5. Medidas para la restauración una vez finalizada la actividad.
En caso de finalización de la actividad, se deberá dejar el terreno en su estado original,
desmantelando y retirando todos los escombros y residuos por gestor autorizado. Se
elaborará un plan que contemple tanto la restauración de los terrenos afectados como la
vegetación que se haya podido dañar. Se dejará el área de actuación en perfecto estado
de limpieza, siendo retirados los residuos cumpliendo la Ley 7/2022, de 8 de abril, de
Viernes 24 de febrero de 2023
11927
Regulador de la Actividad Arqueológica en Extremadura), se emitirá, en función de las
características de los restos documentados, autorización por la Dirección General de
Patrimonio para el levantamiento de las estructuras localizadas con carácter previo a la
continuación de las actuaciones en este punto, previa solicitud por parte de la empresa
ejecutora de las obras.
4.3. Medidas preventivas y correctoras en la fase de explotación.
– Se mantendrán en correcto estado de funcionamiento y operativas todas las instalaciones y dispositivos para cumplir las medidas preventivas y correctoras incluidas en el
presente informe.
– Se cumplirá lo dispuesto en los términos recogidos en el Real Decreto 1066/2001, de 28
de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece condiciones de protección del dominio público radioeléctrico, restricciones a las emisiones radio-eléctricas
y medidas de protección sanitaria frente a emisiones radioeléctricas.
– Para las labores de mantenimiento de la instalación, se deberá tener en cuenta que, a
priori, en la época de reproducción quedan prohibidos los trabajos de mantenimiento
de las partes de los tendidos eléctricos que soporten nidos o que en sus proximidades
nidifiquen aves incluidas en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección
Especial, de acuerdo con la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y
de la Biodiversidad.
4.4. Medidas compensatorias.
– Se instalará y mantendrá durante toda la vida útil de la línea, una caja nido de cemento
corcho de tipo polivalente, en cada uno de los apoyos. Deberán contar con sistemas de
antidepredación (incluidas chapas perimetrales en cada poste de 0,5 metros de altura,
para evitar la depredación por depredadores que trepan) colocados a 3 metros de altura.
S
e deberán mantener anualmente para garantizar su funcionalidad, siendo necesaria su
reposición cuando se deterioren.
4.5. Medidas para la restauración una vez finalizada la actividad.
En caso de finalización de la actividad, se deberá dejar el terreno en su estado original,
desmantelando y retirando todos los escombros y residuos por gestor autorizado. Se
elaborará un plan que contemple tanto la restauración de los terrenos afectados como la
vegetación que se haya podido dañar. Se dejará el área de actuación en perfecto estado
de limpieza, siendo retirados los residuos cumpliendo la Ley 7/2022, de 8 de abril, de