Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060543)
Resolución de 13 de febrero de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Concesión de aguas subterráneas para riego de 73,14 hectáreas de olivar", cuya promotora es Taesca, SLU, en el término municipal de Oliva de Mérida. Expte.: IA19/0767.
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NÚMERO 38
Viernes 24 de febrero de 2023

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nivel de usos de suelo y de propiedad, con mayor eficiencia en el uso del recurso agua
y sin generar impactos ambientales de relevancia.
3.3. Características del potencial impacto.
— Red Natura 2000 y Áreas Protegidas.
La zona de actuación se localiza fuera de la Red Natura 2000 y de otras Áreas Protegidas, no previéndose afecciones sobre dichos lugares ni sobre sus valores ambientales y
naturales, así como tampoco se prevén afecciones significativas sobre especies o hábitats protegidos.
— Sistema hidrológico y calidad de las aguas.
Dado que la zona de actuación está atravesada por tres arroyos, los cuales deben ser
atravesados por la red de riego, hay que tener en cuenta que los ríos y arroyos funcionan como corredores ecológicos y de biodiversidad, por lo que siempre se debe respetar
su continuidad, tanto lateral como longitudinal, de acuerdo con el artículo 126 bis del
Reglamento del DPH. Estos cruces subterráneos deben garantizar, tanto el trazado en
planta de los cauces que constituyen el DPH del Estado, como su régimen de caudales
anterior y posterior a la ejecución de las obras, que se garantizará con las medidas preventivas oportunas.
En cuanto al consumo de agua, estimado en 132.407 m3/año, procedente de un pozo de
sondeo, la Confederación Hidrográfica del Guadiana indica que la solicitud de concesión
de aguas subterráneas se considera compatible con el Plan Hidrológico de cuenca, con
las limitaciones incluidas en el presente Informe, siempre que se acrediten los recursos
hídricos suficientes, estando, en cualquier caso, a lo dispuesto en la correspondiente
resolución sobre la tramitación de la solicitud de concesión de aguas subterráneas para
riego solicitada por el promotor. La ubicación del sondeo está fuera de la zona de policía
de agua de los cauces referidos anteriormente, por lo que no se prevé afección hídrica
a los mismos.
Al tratarse de una transformación a regadío, aumenta la probabilidad de que elementos
contaminantes lleguen a alguna masa de agua (superficial y/o subterránea), en este
caso la zona está en el sistema de Explotación Central, pero fuera de las MASb. Entre
ellos, se encuentran los insecticidas, plaguicidas y el aporte de nutrientes mediante fertilizaciones. Todos ellos cuando no los asumen la vegetación o la tierra son arrastrados
por las aguas pluviales y de regadío a la red de drenaje natural. Según el informe emitido por la Confederación Hidrográfica del Guadiana, la actuación no conlleva vertidos
al DPH del Estado, salvo los correspondientes retornos de riego. No obstante, con la