Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060478)
Resolución de 10 de febrero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio para la formalización de una transferencia específica plurianual a la Fundación para la Formación e Investigación de los Profesionales de la Salud de Extremadura (FUNDESALUD) para la realización de la línea de actuación LA2 del Programa de I+D+I en el Área Biotecnología Aplicada a la Salud financiada con los Fondos Next Generation EU, incluida en la medida de inversión I1 "Planes Complementarios con las Comunidades Autónomas", que forman parte del componente 17 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 38

11701

Viernes 24 de febrero de 2023

A continuación se resumen los gastos necesarios para la realización de la actuación:

CONCEPTOS

PERSONAL
CONTRATADO

OTROS
GASTOS

COSTES
INDIRECTOS
(15%)

SUMA

30.000 €

230.000 €

PERSONAL
Contratos de investigadores

197.100 €

OTROS GASTOS
Traslado y mantenimiento de muestras
TOTAL

2.900€
197.100 €

2.900 €

El proyecto tendrá una duración máxima de tres años, contados a partir del 18 de noviembre
de 2021, fecha de publicación del Real Decreto 991/2021. La imputación de gastos relacionados con la ejecución de la actuación estará limitada al periodo comprendido entre el 1 de
enero de 2021 y la finalización del Programa, el 18 de noviembre de 2024, incluido.
Se considera gasto realizado el que haya sido efectivamente pagado con anterioridad a la
finalización del plazo de justificación.
Para la elegibilidad y adjudicación del gasto FundeSalud tendrá en cuenta siempre los principios de adicionalidad y financiación establecidos en el artículo 9 del Reglamento (UE)
2021/241, evitando la doble financiación y la confusión de costes. Para ello será necesario
llevar una contabilidad separada.
Se permitirá la redistribución del gasto entre las diferentes partidas existente en el proyecto
siempre que se dirijan a alcanzar el fin de la ayuda. En este sentido, para llevar a cabo las
compensaciones entre los distintos conceptos presupuestarios de cuantía inferior al 20% del
importe total que no afecten a los objetivos del Programa se requerirá autorización al Comité
de Coordinación del Programa, contemplado en el apartado octavo del Acuerdo del Consejo
de Política Científica, Tecnológica y de Innovación de 18 de noviembre de 2021 por el que se
establece el marco para la implementación de los Planes Complementarios. En cambio, será
necesaria autorización de la Comisión de Seguimiento delAcuerdo citado para cualquier compensación por cuantía igual o superior al 20 % del importe total o que afecte a los objetivos
del Programa. En este último supuesto, se procederá a tramitar la correspondiente adenda a
este convenio una vez esté autorizado por la Comisión de Seguimiento del Acuerdo del Consejo de Política Científica, Tecnológica y de Innovación de 8 de noviembre de 2021.
Además, la ejecución de la actuación no generará ingresos, en ningún caso.