Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060478)
Resolución de 10 de febrero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio para la formalización de una transferencia específica plurianual a la Fundación para la Formación e Investigación de los Profesionales de la Salud de Extremadura (FUNDESALUD) para la realización de la línea de actuación LA2 del Programa de I+D+I en el Área Biotecnología Aplicada a la Salud financiada con los Fondos Next Generation EU, incluida en la medida de inversión I1 "Planes Complementarios con las Comunidades Autónomas", que forman parte del componente 17 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 38
Viernes 24 de febrero de 2023

11713

e) E
 n su caso, acreditación del remanente no utilizado, así como de los intereses derivados
de los mismos.
f) Acreditación de la publicidad realizada. A este efecto seguirán las normas establecidas
en materia de información, comunicación y publicidad de los Fondos MRR.
g) Indicación del lugar y el órgano de custodia de la documentación justificativa original.
En cualquier caso, la justificación final se ajustará a las exigencias de la normativa de la
Unión Europea y nacional relativa al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
3. S
 e adjuntarán a la justificación final MRR, las declaraciones responsables del anexo I por
parte de la persona responsable de la entidad.
Además, se adjuntará informe del responsable del etiquetado verde y digital de esta medida y certificación del cumplimiento de la guía para el diseño y desarrollo de actuaciones
acordes con el principio de no causar un perjuicio significativo al medio ambiente (DNSH).
4. D
 el mismo modo, a la justificación final MRR se adjuntará el Modelo de Declaración de
Ausencia de Conflicto de Interés (DACI) que habrán de suscribir los participantes en el
proceso de preparación y tramitación del expediente.
5. E
 l plazo para presentar la justificación será de dos meses desde la finalización del Programa.
No obstante, todo lo anterior, en cumplimiento de lo establecido en la Orden HFP/1030/2021,
de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la justificación se efectuará en la Plataforma Coffee
conforme a los plazos y criterios establecidos por la autoridad responsable del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y de acuerdo en todo caso con lo dispuesto en el artículo 46.2 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre y las Órdenes Ministeriales
HFP/1030/2021 y HFP/1031/2021, de 29 de septiembre.
Novena. Incumplimiento y reintegro de los fondos percibidos.
1. S
 e exigirá el reintegro de las cantidades no justificadas o las que se deriven del incumplimiento de las obligaciones contraídas en la presente transferencia, con el interés de demora correspondiente desde el momento del pago.
2. En todo caso procederá el reintegro total o parcial de los fondos:
a) En el supuesto de que FundeSalud no realice el gasto previsto deberá reintegrar los
fondos recibidos no invertidos.