Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Política Agraria Comunitaria. (2023050037)
Orden de 22 de febrero de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de determinadas intervenciones establecidas en el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 en relación con compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 37
Jueves 23 de febrero de 2023

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8. L
 a presentación de la solicitud o autorización de subrogación de compromisos conllevará la
autorización al órgano gestor para recabar la documentación o información necesaria a que
pueda acceder, o para consultar u obtener otros datos de carácter personal o información,
en los casos en que no sea necesario para ello que conste el consentimiento expreso de la
persona interesada, con la finalidad exclusiva de comprobar el cumplimiento de los requisitos y condiciones exigidos para la estimación de la subrogación. En todo caso, de formular
oposición expresa a la consulta o cesión de oficio, o en el supuesto de revocación de una
autorización que pudiera haberse prestado para dicha consulta, así como si se requiriera
dicha documentación o información por el órgano instructor, su presentación o acreditación
será a cargo de las personas interesadas, además de la aportación de los documentos referidos en el artículo anterior según la causa de solicitud.
9. En caso de que el órgano instructor observara que la persona cesionaria no reúne algún requisito para poder ser beneficiaria de la intervención objeto de la subrogación, se otorgará
un trámite de audiencia por plazo de 10 días, en virtud del artículo 82 de la Ley 39/2015
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para formular
alegaciones y presentar los documentos y justificaciones que la persona interesada estime
pertinentes; este trámite se notificará a las personas interesadas conforme a lo previsto
en la convocatoria de pago de la anualidad de la ayuda a que se haya acogido la solicitud
de subrogación.
El hecho de no atenderse el trámite correspondiente en el plazo establecido, en su caso
podrá conllevar la desestimación de la solicitud de subrogación.
Artículo 79. Propuesta de resolución.
1. El órgano instructor, a la vista del expediente y de la documentación aportada y, en su
caso, de las alegaciones al trámite de audiencia descrito en el artículo anterior, formulará
propuesta de resolución definitiva que elevará al órgano competente para la resolución del
procedimiento de subrogación.
2. L
 a propuesta de resolución definitiva no crea derecho alguno a favor de la persona propuesta para adquirir los compromisos como cesionaria frente a la Administración, mientras
no se haya notificado la resolución de estimación de la subrogación.
3. L
 as personas solicitantes de las subrogaciones que pretendan adquirir los compromisos
como cesionarias deberán estar al corriente en las obligaciones tributarias con la Hacienda
estatal, la Hacienda autonómica y con la Seguridad Social, con anterioridad a dictarse la
propuesta de resolución definitiva de estimación de la subrogación y con carácter previo al
pago. En los supuestos en que dichas personas no hubieren autorizado expresamente a la