Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Política Agraria Comunitaria. (2023050037)
Orden de 22 de febrero de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de determinadas intervenciones establecidas en el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 en relación con compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 37
11567
Jueves 23 de febrero de 2023
7. Criterios de prioridad aplicados a la intervención “Compromisos de conservación de recursos genéticos. Fomento de razas autóctonas amenazadas”:
CRITERIOS DE PRIORIDAD
PUNTUACIÓN
Titular de explotación con animales elegibles de razas amenazadas en REGA con
grado de amenaza alta
60 puntos
Titular de explotación con animales elegibles de razas amenazadas en REGA con
grado de amenaza media
50 puntos
Titular de explotación con animales elegibles de razas amenazadas en REGA con
grado de amenaza baja, distintas de la bovina
40 puntos
Titular de explotación con animales elegibles de raza bovina amenazadas en REGA
con grado de amenaza baja
20 puntos
Titular de explotación con animales elegibles de dos o más razas amenazadas en
REGA
20 puntos
Personas que fueron beneficiarias de la operación 10.1.2. Razas Autóctonas Puras
en Peligro de Extinción, en el PDR 2014-2022 de Extremadura.
20 puntos
En caso de un titular con varias razas, se tendrá en consideración el grado de amenaza de la raza de mayor número de UGM, tras su conversión.
(**)
Artículo 58. Inicio del procedimiento de concesión de las intervenciones y del pago
de las anualidades del periodo de compromiso.
1. El procedimiento de concesión de las ayudas derivadas de las intervenciones previstas en
esta Orden y del pago de las correspondientes anualidades del periodo de compromiso de
las mismas, que se tramitará electrónicamente de conformidad con las prescripciones impuestas por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Publico, se iniciará siempre de oficio mediante la correspondiente convocatoria que,
para el periodo de programación del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 para España, se
realizará por Resolución de la Secretaría General de la Consejería competente en materia
de agricultura de la Junta de Extremadura, de acuerdo con las bases reguladoras contenidas en la presente Orden.
Conforme al artículo 12 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, las autoridades competentes
pondrán a disposición de las personas solicitantes de las ayudas, para facilitar y simplificar
el acceso a la gestión de dicho procedimiento por medios electrónicos, las herramientas y
servicios necesarios para posibilitar el ejercicio de sus obligaciones y derechos.
11567
Jueves 23 de febrero de 2023
7. Criterios de prioridad aplicados a la intervención “Compromisos de conservación de recursos genéticos. Fomento de razas autóctonas amenazadas”:
CRITERIOS DE PRIORIDAD
PUNTUACIÓN
Titular de explotación con animales elegibles de razas amenazadas en REGA con
grado de amenaza alta
60 puntos
Titular de explotación con animales elegibles de razas amenazadas en REGA con
grado de amenaza media
50 puntos
Titular de explotación con animales elegibles de razas amenazadas en REGA con
grado de amenaza baja, distintas de la bovina
40 puntos
Titular de explotación con animales elegibles de raza bovina amenazadas en REGA
con grado de amenaza baja
20 puntos
Titular de explotación con animales elegibles de dos o más razas amenazadas en
REGA
20 puntos
Personas que fueron beneficiarias de la operación 10.1.2. Razas Autóctonas Puras
en Peligro de Extinción, en el PDR 2014-2022 de Extremadura.
20 puntos
En caso de un titular con varias razas, se tendrá en consideración el grado de amenaza de la raza de mayor número de UGM, tras su conversión.
(**)
Artículo 58. Inicio del procedimiento de concesión de las intervenciones y del pago
de las anualidades del periodo de compromiso.
1. El procedimiento de concesión de las ayudas derivadas de las intervenciones previstas en
esta Orden y del pago de las correspondientes anualidades del periodo de compromiso de
las mismas, que se tramitará electrónicamente de conformidad con las prescripciones impuestas por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Publico, se iniciará siempre de oficio mediante la correspondiente convocatoria que,
para el periodo de programación del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 para España, se
realizará por Resolución de la Secretaría General de la Consejería competente en materia
de agricultura de la Junta de Extremadura, de acuerdo con las bases reguladoras contenidas en la presente Orden.
Conforme al artículo 12 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, las autoridades competentes
pondrán a disposición de las personas solicitantes de las ayudas, para facilitar y simplificar
el acceso a la gestión de dicho procedimiento por medios electrónicos, las herramientas y
servicios necesarios para posibilitar el ejercicio de sus obligaciones y derechos.