Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Política Agraria Comunitaria. (2023050037)
Orden de 22 de febrero de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de determinadas intervenciones establecidas en el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 en relación con compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 37
Jueves 23 de febrero de 2023
11513
cuando tal incremento sea consecuencia de una generación, incorporación de crédito, o se
trate de créditos declarados ampliables, conforme a lo dispuesto en el artículo 23.2.h) de
la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, pudiendo también redistribuirse dichos créditos. A tales fines, podrán resolverse
de forma independiente las distintas intervenciones de cada convocatoria y realizarse el
aumento o la redistribución de las intervenciones pendientes de resolver.
Artículo 5. Compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión. Consideraciones generales. Intervenciones.
1. L
as intervenciones reguladas en las presentes bases están amparadas en el marco del
Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de
2021 y el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 aprobado por Decisión de Ejecución de la
Comisión, de 31 de agosto de 2022, en concreto del artículo 70. Compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión.
2. S
on pagos a los agricultores o agricultoras, personas físicas o personas jurídicas, según la
delimitación de las mismas que se establece en los artículos de esta orden correspondientes a cada una de las intervenciones reguladas en la misma, que suscriban voluntariamente
compromisos de gestión que se consideren beneficiosos para alcanzar uno o varios de los
objetivos específicos mencionados en el artículo 6, apartados 1 y 2 de referido Reglamento
2021/2115.
3. L
os compromisos se suscribirán por un período de cinco años que comenzarán a contar
desde la fecha de presentación de la primera solicitud de ayuda que se resuelva favorablemente, estando sujetas al cumplimiento del periodo íntegro de compromisos, exceptuando
los casos de fuerza mayor o circunstancias excepcionales.
4. N
o obstante, cuando sea necesario para alcanzar o mantener determinados beneficios
medioambientales previstos se podrá fijar un período más prolongado en sus programas
estratégicos de la PAC con respecto a ciertos tipos de compromisos, en particular, previendo su prórroga anual voluntaria una vez finalizado el período inicial. En estos casos, los
requisitos de admisibilidad y compromisos se mantendrán, durante esa prórroga anual, en
la misma situación jurídica que les hubiera correspondido en años anteriores. Si se estableciere una prórroga anual, con la presentación de la solicitud de pago de estas intervenciones en el año de finalización del período inicial de compromiso o, en el caso de que ese
mismo compromiso ya hubiera sido objeto de prórroga o prórrogas, en el de finalización
del período prorrogado, se entenderá aceptada la ampliación de un año de compromisos.
Si alguna persona beneficiaria no deseare continuar con los compromisos prorrogados,
bastará con la no presentación de la solicitud de pago en el año para el que se estableciera
Jueves 23 de febrero de 2023
11513
cuando tal incremento sea consecuencia de una generación, incorporación de crédito, o se
trate de créditos declarados ampliables, conforme a lo dispuesto en el artículo 23.2.h) de
la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, pudiendo también redistribuirse dichos créditos. A tales fines, podrán resolverse
de forma independiente las distintas intervenciones de cada convocatoria y realizarse el
aumento o la redistribución de las intervenciones pendientes de resolver.
Artículo 5. Compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión. Consideraciones generales. Intervenciones.
1. L
as intervenciones reguladas en las presentes bases están amparadas en el marco del
Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de
2021 y el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 aprobado por Decisión de Ejecución de la
Comisión, de 31 de agosto de 2022, en concreto del artículo 70. Compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión.
2. S
on pagos a los agricultores o agricultoras, personas físicas o personas jurídicas, según la
delimitación de las mismas que se establece en los artículos de esta orden correspondientes a cada una de las intervenciones reguladas en la misma, que suscriban voluntariamente
compromisos de gestión que se consideren beneficiosos para alcanzar uno o varios de los
objetivos específicos mencionados en el artículo 6, apartados 1 y 2 de referido Reglamento
2021/2115.
3. L
os compromisos se suscribirán por un período de cinco años que comenzarán a contar
desde la fecha de presentación de la primera solicitud de ayuda que se resuelva favorablemente, estando sujetas al cumplimiento del periodo íntegro de compromisos, exceptuando
los casos de fuerza mayor o circunstancias excepcionales.
4. N
o obstante, cuando sea necesario para alcanzar o mantener determinados beneficios
medioambientales previstos se podrá fijar un período más prolongado en sus programas
estratégicos de la PAC con respecto a ciertos tipos de compromisos, en particular, previendo su prórroga anual voluntaria una vez finalizado el período inicial. En estos casos, los
requisitos de admisibilidad y compromisos se mantendrán, durante esa prórroga anual, en
la misma situación jurídica que les hubiera correspondido en años anteriores. Si se estableciere una prórroga anual, con la presentación de la solicitud de pago de estas intervenciones en el año de finalización del período inicial de compromiso o, en el caso de que ese
mismo compromiso ya hubiera sido objeto de prórroga o prórrogas, en el de finalización
del período prorrogado, se entenderá aceptada la ampliación de un año de compromisos.
Si alguna persona beneficiaria no deseare continuar con los compromisos prorrogados,
bastará con la no presentación de la solicitud de pago en el año para el que se estableciera