Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Política Agraria Comunitaria. (2023050037)
Orden de 22 de febrero de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de determinadas intervenciones establecidas en el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 en relación con compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 37
Jueves 23 de febrero de 2023

11512

Plan Estratégico y otras ayudas de la Política Agrícola Común, el Real Decreto 1048/2022,
de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de
pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico
de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de
gestión y control (en adelante, también R.D. PEPAC) y el Real Decreto 1049/2022, de 27
de diciembre, por el que se establecen las normas para la aplicación de la condicionalidad
reforzada y de la condicionalidad social que deben cumplir las personas beneficiarias de las
ayudas en el marco de la Política Agrícola Común que reciban pagos directos, determinados
pagos anuales de desarrollo rural y del Programa de Opciones Específicas por la Lejanía y la
Insularidad (POSEI), así como en la normativa reguladora de la solicitud única del sistema
integrado de gestión y control de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Dicho régimen jurídico deberá ser, en todo caso, aplicado de conformidad con lo establecido
en el Plan Estratégico de la Política Agraria Comunitaria 2023-2027 y sus posibles modificaciones.
2. D
 ichas ayudas también se regirán, de manera supletoria, por la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura según lo previsto en
el apartado 3 de su artículo 4, modificada por la Ley 8/2019, de 5 de abril, para una Administración más ágil en la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como por las normas
de carácter básico contenidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en su Reglamento de desarrollo, aprobado mediante Real Decreto 887/2006, de
21 de julio, en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas y demás disposiciones básicas del Estado.
Artículo 4. Financiación de las intervenciones.
1. L
 as ayudas contempladas en esta orden se financiarán con cargo a las aplicaciones presupuestarias y proyectos de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, que se publicarán en las convocatorias de concesión y/o pago de las correspondientes intervenciones.
2. L
 a financiación de las mismas será cofinanciada por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), en un 75 % conforme establece el referido Plan Estratégico de la PAC
2023-2027. Este porcentaje de cofinanciación del fondo FEADER puede variar tras posibles
modificaciones del mismo previa aprobación por Decisión de Ejecución de la Comisión.
3. L
 a cuantía total máxima de las subvenciones que se convoquen al amparo de esta Orden,
imputada a los créditos presupuestarios que indiquen las correspondientes convocatorias,
podrá aumentarse hasta un 20% de la cuantía inicial o hasta la cuantía que corresponda