Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Política Agraria Comunitaria. (2023050037)
Orden de 22 de febrero de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de determinadas intervenciones establecidas en el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 en relación con compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 37
Jueves 23 de febrero de 2023

11554

• Superior a 150 y hasta 300 UGM: 60% de la prima.
• Superior a 300 UGM: 30% de la prima.
CAPÍTULO III.
Solicitudes, procedimientos de concesión y pago de las intervenciones.
Información y publicidad.
Sección 1ª Normas Generales sobre las Solicitudes de Concesión y/o pago de las Ayudas.
Artículo 47. Solicitudes para la concesión y/o pago de las ayudas. Documentación.
1. L
 as solicitudes de concesión y/o de pago de las correspondientes anualidades del periodo
de compromiso de las ayudas derivadas de las distintas intervenciones contempladas en
esta Orden se cumplimentarán en la forma y en los términos y condiciones establecidos en
la normativa reguladora de solicitud única del sistema integrado de gestión y control de la
Comunidad Autónoma de Extremadura y según lo previsto en el Real Decreto 1048/2022
PEPAC, de 27 de diciembre.
2. U
 na vez cumplimentada y firmada, la solicitud deberá presentarse de conformidad con lo
dispuesto en la mencionada normativa de solicitud única.
En todo caso, estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite, los sujetos relacionados en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Y a los efectos de las solicitudes de las ayudas reguladas en la presente Orden y su tramitación, también tendrán dicha obligación las personas físicas cuando así se establezca en
referida normativa autonómica reguladora de la solicitud única y en los términos previstos
en la misma.
3. En cuanto a la habilitación de las administradas y administrados o sus representantes para
el acceso a los portales o aplicaciones electrónicos donde deban cumplimentarse las solicitudes, así como al sistema informático de presentación de las mismas, se estará, igualmente, a lo que establezca referida normativa autonómica reguladora de la solicitud única.
En todo caso, la Consejería competente en materia de agricultura de la Junta de Extremadura facilitará y proporcionará a las personas interesadas, destinatarias de las ayudas,
y, en su caso, a sus representantes, las claves personalizadas de acceso a los sistemas o
aplicaciones electrónicas correspondientes, así como la acreditación informática que fuere
necesaria.