Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Política Agraria Comunitaria. (2023050037)
Orden de 22 de febrero de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de determinadas intervenciones establecidas en el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 en relación con compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 37
Jueves 23 de febrero de 2023

11542

B. Compromisos específicos.


a) Agricultura ecológica (cultivos leñosos, herbáceos de secano y aromáticas).



I. Mantener registradas, a su nombre, las unidades objeto de ayuda en el Registro
de Explotaciones.




II. Realización anual de analíticas de suelo y/o foliares.

b) Ganadería ecológica:



I. Mantener registradas, a su nombre, las unidades objeto de ayuda en el Registro
de explotaciones durante el periodo de compromiso.



c) Apicultura ecológica:



I. Mantener registradas a su nombre las unidades objeto de ayuda en el Registro
de Explotaciones Ganaderas durante el periodo de compromiso. Debe mantener
censadas en dicho registro, al menos, el número de colmenas comprometidas,
realizándose las declaraciones de censo anual como establece la normativa sectorial de apicultura.



II. Cada colmenar no tendrá más de 100 colmenas. En caso de colmenares compartidos, la suma de las colmenas de los diferentes titulares de dicho asentamiento
compartido no superará 100 colmenas. Se consideran colmenares compartidos,
si coinciden las coordenadas en un mismo asentamiento.



III. L
 as colmenas permanecerán en la Comunidad Autónoma de Extremadura un
período mínimo continuo de cinco meses, entre el 1 de agosto y el 31 de mayo,
salvo causas excepcionales que serán comunicadas, justificadas y valoradas por
el órgano gestor. Durante este período mínimo de cinco meses, pueden realizar
movimientos por la totalidad del territorio de esta Comunidad, debiendo permanecer las colmenas, en cada asentamiento, al menos, un mes, salvo que concurran causas excepcionales o de fuerza mayor que serán comunicadas, justificadas y valoradas por el órgano gestor. El resto del período hasta el año, podrán
realizarse movimientos dentro y fuera de nuestra Comunidad Autonómica debiendo permanecer en ésta, al menos, el 20% de las colmenas comprometidas.



La persona titular o entidad colaboradora autorizada, deberá realizar la declaración o comunicación y registro de los asentamientos de las colmenas objeto de
ayudas y sus traslados con una antelación de más de 24 horas a su realización
y su presentación no supondrá exención de ninguno de los compromisos asu-