Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Política Agraria Comunitaria. (2023050036)
Orden de 20 de febrero de 2023 por la que se regulan las especialidades de la solicitud única de ayudas en la Comunidad Autónoma de Extremadura y de los procedimientos derivados de la ayuda básica a la renta para la sostenibilidad, otros pagos directos a la agricultura, la aplicación del Programa de Desarrollo Rural, la actualización de los Registros de Explotaciones Agrarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de Operadores-Productores integrados, General de la producción agrícola de ámbito nacional y de Operadores Titulares de Fincas Agropecuarias de Producción Ecológica.
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NÚMERO 37
Jueves 23 de febrero de 2023
11401
2. S
istema de alertas y controles preliminares.
a) Con el fin de facilitar la presentación por parte de las personas beneficiarias y prevenir
irregularidades, se podrán hacer modificaciones en las solicitudes precumplimentadas.
Durante el proceso de solicitud la aplicación informática proporcionará alertas orientativas a las personas agricultoras, de forma que le ayuden a identificar posibles incumplimientos y a presentar su solicitud correctamente.
Las modificaciones introducidas por las personas beneficiarias en las solicitudes precumplimentadas se tendrán en cuenta para la actualización de la información en las bases
de datos de la Administración.
b) Además de lo contemplado en el desarrollo de la presente orden, se establece en la
solicitud única un sistema de controles preliminares de conformidad con la normativa
vigente para mejorar la exactitud y veracidad de los datos declarados en la misma a
través del cual se informe a las personas beneficiarias sobre posibles incumplimientos
permitiéndolas adaptar su solicitud a tiempo a fin de evitar reducciones y sanciones
administrativas.
c) El sistema de controles preliminares establecido por la Comunidad Autónoma de Extremadura se dará a conocer a las personas agricultoras mediante Resolución de la persona
titular de la Dirección General con competencias en Política Agraria Común que será
objeto de publicación en el Diario Oficial de Extremadura, https://doe.juntaex.es.
Los controles preliminares estarán relacionados con:
— La verificación de los datos generales de la solicitud única.
— La documentación aportada a la solicitud, falta de presentación, documentación incorrecta, requisitos preceptivos por régimen de ayuda.
— Controles cruzados de los derechos de pago declarados y de las parcelas agrícolas
declaradas.
— Controles cruzados de los derechos de ayuda básica a la renta para verificar su existencia y su admisibilidad para la ayuda.
— Cruces gráficos entre las parcelas agrícolas declaradas en la solicitud única y la información contenida en el SIGPAC.
— Controles cruzados entre los derechos de pago y la superficie determinada.
Jueves 23 de febrero de 2023
11401
2. S
istema de alertas y controles preliminares.
a) Con el fin de facilitar la presentación por parte de las personas beneficiarias y prevenir
irregularidades, se podrán hacer modificaciones en las solicitudes precumplimentadas.
Durante el proceso de solicitud la aplicación informática proporcionará alertas orientativas a las personas agricultoras, de forma que le ayuden a identificar posibles incumplimientos y a presentar su solicitud correctamente.
Las modificaciones introducidas por las personas beneficiarias en las solicitudes precumplimentadas se tendrán en cuenta para la actualización de la información en las bases
de datos de la Administración.
b) Además de lo contemplado en el desarrollo de la presente orden, se establece en la
solicitud única un sistema de controles preliminares de conformidad con la normativa
vigente para mejorar la exactitud y veracidad de los datos declarados en la misma a
través del cual se informe a las personas beneficiarias sobre posibles incumplimientos
permitiéndolas adaptar su solicitud a tiempo a fin de evitar reducciones y sanciones
administrativas.
c) El sistema de controles preliminares establecido por la Comunidad Autónoma de Extremadura se dará a conocer a las personas agricultoras mediante Resolución de la persona
titular de la Dirección General con competencias en Política Agraria Común que será
objeto de publicación en el Diario Oficial de Extremadura, https://doe.juntaex.es.
Los controles preliminares estarán relacionados con:
— La verificación de los datos generales de la solicitud única.
— La documentación aportada a la solicitud, falta de presentación, documentación incorrecta, requisitos preceptivos por régimen de ayuda.
— Controles cruzados de los derechos de pago declarados y de las parcelas agrícolas
declaradas.
— Controles cruzados de los derechos de ayuda básica a la renta para verificar su existencia y su admisibilidad para la ayuda.
— Cruces gráficos entre las parcelas agrícolas declaradas en la solicitud única y la información contenida en el SIGPAC.
— Controles cruzados entre los derechos de pago y la superficie determinada.