Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060479)
Resolución de 10 de febrero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio para la formalización de una Transferencia Específica Plurianual a la Fundación Computación y Tecnologías Avanzadas de Extremadura (COMPUTAEX) para la realización del Programa de I+D+I en el Área Biotecnología Aplicada a la Salud para la realización de la línea de actuación LA2 financiada con los Fondos Next Generation EU, incluida en la medida de inversión I1 "Planes Complementarios con las Comunidades Autónomas", que forman parte del componente 17 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 35
Lunes 20 de febrero de 2023
11033
portados, COMPUTAEX deberá reintegrar los fondos recibidos cuando el incumplimiento
impida el retorno de fondos europeos, por el importe del retorno no percibido, en parte
proporcional a su participación en la medida, por el importe del retorno no percibido.
e) Cualquier irregularidad que afecte a medidas bajo responsabilidad determinada en cualquier control desarrollado por autoridades nacionales o de la Unión Europea que impida
el retorno de fondos, implicará el reintegro correspondiente del importe del retorno no
percibido en relación con las actuaciones responsabilidad de COMPUTAEX.
f) En el supuesto de que COMPUTAEX no facilite las funciones de seguimiento y control, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.2 del Real Decreto-Ley 36/2020, de 30
de diciembre, deberá reintegrar las cuantías percibidas.
g) Procederá el reintegro de las cantidades percibidas en el caso de incumplimiento del
principio de DNSH.
3. La competencia para resolver los expedientes de reintegro corresponde a la Consejería de
Economía, Ciencia y Agenda Digital, en virtud del Decreto 87/2019 de 2 de agosto, por el
que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como el Decreto 165/2019, de 29 de octubre, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital y,
en concreto, al titular de dicha Consejería, en virtud de lo dispuesto en el apartado i) del
artículo 36 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, en relación con el artículo 121 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
No obstante, dicha competencia se encuentra delegada en el Secretario General de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital, en virtud de la Resolución de 18 de julio de
2019 (DOE núm. 141, de 23 de julio) del Consejero, por la que se delegan en la Secretaría
General diversas materias.
Décima. Principio de igualdad.
COMPUTAEX tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato y oportunidades y la participación equilibrada de mujeres y hombres en todos los ámbitos del Programa a realizar con
cargo a esta ayuda. Teniendo en cuenta estos principios en todas las iniciativas, ejecución y
desarrollo del conjunto de la actuación.
Lunes 20 de febrero de 2023
11033
portados, COMPUTAEX deberá reintegrar los fondos recibidos cuando el incumplimiento
impida el retorno de fondos europeos, por el importe del retorno no percibido, en parte
proporcional a su participación en la medida, por el importe del retorno no percibido.
e) Cualquier irregularidad que afecte a medidas bajo responsabilidad determinada en cualquier control desarrollado por autoridades nacionales o de la Unión Europea que impida
el retorno de fondos, implicará el reintegro correspondiente del importe del retorno no
percibido en relación con las actuaciones responsabilidad de COMPUTAEX.
f) En el supuesto de que COMPUTAEX no facilite las funciones de seguimiento y control, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.2 del Real Decreto-Ley 36/2020, de 30
de diciembre, deberá reintegrar las cuantías percibidas.
g) Procederá el reintegro de las cantidades percibidas en el caso de incumplimiento del
principio de DNSH.
3. La competencia para resolver los expedientes de reintegro corresponde a la Consejería de
Economía, Ciencia y Agenda Digital, en virtud del Decreto 87/2019 de 2 de agosto, por el
que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como el Decreto 165/2019, de 29 de octubre, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital y,
en concreto, al titular de dicha Consejería, en virtud de lo dispuesto en el apartado i) del
artículo 36 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, en relación con el artículo 121 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
No obstante, dicha competencia se encuentra delegada en el Secretario General de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital, en virtud de la Resolución de 18 de julio de
2019 (DOE núm. 141, de 23 de julio) del Consejero, por la que se delegan en la Secretaría
General diversas materias.
Décima. Principio de igualdad.
COMPUTAEX tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato y oportunidades y la participación equilibrada de mujeres y hombres en todos los ámbitos del Programa a realizar con
cargo a esta ayuda. Teniendo en cuenta estos principios en todas las iniciativas, ejecución y
desarrollo del conjunto de la actuación.