Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Sentencias. Ejecución. (2023060462)
Resolución de 8 de febrero de 2023, de la Dirección General de Política Forestal, por la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 13/2023, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 2 de Cáceres en el recurso contencioso-administrativo n.º 234/2022, referido al expediente sancionador por infracción a la normativa de montes M/CC/2019/112.
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NÚMERO 33
10424
Jueves 16 de febrero de 2023
RESUELVE:
Proceder a la ejecución del fallo de la sentencia núm 13/2023 dictada el 23 de enero de 2023
por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 2 de Cáceres en el recurso contenciosoadministrativo núm 234/2022, cuya parte dispositiva dice:
“Que estimando el recurso contencioso administrativo interpuesto por D.ª Eustaquia Elizo
Regadera contra Resolución de 24/3/22 de la Consejera de Agricultura, Desarrollo Rural,
Población y Territorio de la Junta de Extremadura por la que se desestimaba el recurso
de alzada formulado en el expediente de sanción M/CC/2019/112 contra Resolución del
Director General de Política Forestal de 5/11/20 por la que se impuso al recurrente sanción
por la comisión de falta leve tipificada en el artículo 67.h) de la Ley 43/2003 de 21 de noviembre de Montes, debo anular la resolución recurrida por no ser conforme a Derecho y
todo ello con imposición a la Administración de las costas causadas”.
Mérida, 8 de febrero de 2023.
El Director General de Política Forestal,
PEDRO MUÑOZ BARCO
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Jueves 16 de febrero de 2023
RESUELVE:
Proceder a la ejecución del fallo de la sentencia núm 13/2023 dictada el 23 de enero de 2023
por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 2 de Cáceres en el recurso contenciosoadministrativo núm 234/2022, cuya parte dispositiva dice:
“Que estimando el recurso contencioso administrativo interpuesto por D.ª Eustaquia Elizo
Regadera contra Resolución de 24/3/22 de la Consejera de Agricultura, Desarrollo Rural,
Población y Territorio de la Junta de Extremadura por la que se desestimaba el recurso
de alzada formulado en el expediente de sanción M/CC/2019/112 contra Resolución del
Director General de Política Forestal de 5/11/20 por la que se impuso al recurrente sanción
por la comisión de falta leve tipificada en el artículo 67.h) de la Ley 43/2003 de 21 de noviembre de Montes, debo anular la resolución recurrida por no ser conforme a Derecho y
todo ello con imposición a la Administración de las costas causadas”.
Mérida, 8 de febrero de 2023.
El Director General de Política Forestal,
PEDRO MUÑOZ BARCO
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