Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Protección Civil. Honores Y Distinciones. (2023040036)
Decreto 10/2023, de 10 de febrero, por el que se establecen las normas relativas a la Medalla al Mérito en protección civil y Mención de honor por colaboraciones especiales en situación de emergencia de protección civil de la Comunidad Autónoma de Extremadura y su procedimiento de concesión.
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NÚMERO 33
Jueves 16 de febrero de 2023
10270
Por todo lo anterior, en virtud de las atribuciones que me confiere el artículo 23.h) de la Ley
1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura (DOE núm. 35, de 26 de marzo), a propuesta de la Consejería de Agricultura,
Desarrollo Rural, Población y Territorio, tras informe de la Comisión de Protección Civil de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, de acuerdo con la Comisión Jurídica de Extremadura, y
previa deliberación del Consejo de Gobierno en sesión celebrada el día 10 de febrero de 2023,
DISPONGO:
CAPÍTULO I
Disposiciones Generales
Artículo 1. Objeto.
1. El presente decreto tiene por objeto regular el procedimiento de concesión de la Medalla al
Mérito en Protección Civil, así como la Mención de honor por colaboraciones especiales en
situaciones de emergencia, siendo el día determinado para su concesión el 11 de marzo,
coincidiendo con el día autonómico de la protección civil. Igualmente, a través de esta norma, se regula la composición y funcionamiento de la Comisión de Valoración, de acuerdo
con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 10/2019, de 11 de abril, de protección civil y
de gestión de emergencias de la Comunidad Autónoma de Extremadura y la creación del
Libro Registro de Distinciones de Protección Civil de Extremadura, el cual tendrá formato
electrónico, adscribiéndose y siendo gestionado por la Dirección General competente en
materia de protección civil y emergencias.
2. L
a concesión de estas distinciones tiene por finalidad distinguir a las personas físicas o jurídicas e instituciones, tanto públicas como privadas, que sobresalgan por sus actividades
y fomentar la visibilidad de la mujer cuando proceda en materia de protección civil y emergencias, las acciones o colaboraciones especiales en situación de emergencia, así como la
colaboración y contribución continuada en el tiempo al Sistema Regional de Protección Civil
y Emergencias en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Esta
concesión estará supeditada al cumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos
4, 5, 6 y 7 de esta norma.
Artículo 2. Tipos de distinciones.
1. Se establecen las siguientes distinciones:
a) Medalla al Mérito en Protección Civil de Extremadura: categoría oro y plata y en su modalidad de reconocimiento a la labor del voluntariado de Protección Civil de Extremadura:
categoría oro y plata.
Jueves 16 de febrero de 2023
10270
Por todo lo anterior, en virtud de las atribuciones que me confiere el artículo 23.h) de la Ley
1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura (DOE núm. 35, de 26 de marzo), a propuesta de la Consejería de Agricultura,
Desarrollo Rural, Población y Territorio, tras informe de la Comisión de Protección Civil de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, de acuerdo con la Comisión Jurídica de Extremadura, y
previa deliberación del Consejo de Gobierno en sesión celebrada el día 10 de febrero de 2023,
DISPONGO:
CAPÍTULO I
Disposiciones Generales
Artículo 1. Objeto.
1. El presente decreto tiene por objeto regular el procedimiento de concesión de la Medalla al
Mérito en Protección Civil, así como la Mención de honor por colaboraciones especiales en
situaciones de emergencia, siendo el día determinado para su concesión el 11 de marzo,
coincidiendo con el día autonómico de la protección civil. Igualmente, a través de esta norma, se regula la composición y funcionamiento de la Comisión de Valoración, de acuerdo
con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 10/2019, de 11 de abril, de protección civil y
de gestión de emergencias de la Comunidad Autónoma de Extremadura y la creación del
Libro Registro de Distinciones de Protección Civil de Extremadura, el cual tendrá formato
electrónico, adscribiéndose y siendo gestionado por la Dirección General competente en
materia de protección civil y emergencias.
2. L
a concesión de estas distinciones tiene por finalidad distinguir a las personas físicas o jurídicas e instituciones, tanto públicas como privadas, que sobresalgan por sus actividades
y fomentar la visibilidad de la mujer cuando proceda en materia de protección civil y emergencias, las acciones o colaboraciones especiales en situación de emergencia, así como la
colaboración y contribución continuada en el tiempo al Sistema Regional de Protección Civil
y Emergencias en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Esta
concesión estará supeditada al cumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos
4, 5, 6 y 7 de esta norma.
Artículo 2. Tipos de distinciones.
1. Se establecen las siguientes distinciones:
a) Medalla al Mérito en Protección Civil de Extremadura: categoría oro y plata y en su modalidad de reconocimiento a la labor del voluntariado de Protección Civil de Extremadura:
categoría oro y plata.