Consejería De Educación Y Empleo. Fomento Del Empleo. Ayudas. (2023040017)
Decreto 170/2022, de 30 de diciembre, por el que se regula el Programa "Un autónomo-un empleo" destinado a la contratación por cuenta ajena de una persona desempleada por parte de una persona trabajadora autónoma, así como el asesoramiento y acompañamiento a ésta, para su crecimiento empresarial, se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a su financiación y se aprueba la primera convocatoria del Programa I.
67 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 31
Martes 14 de febrero de 2023

9820

en el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura y en
la Base de Datos Nacional de Subvenciones conforme a lo establecido en el artículo 20.8 b) de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2. Tanto el extracto de la convocatoria, como la convocatoria en sí, serán publicadas en el
Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es). La Base de Datos Nacional de Subvenciones dará traslado a dicho diario del extracto de la convocatoria para su publicación,
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
3. Con independencia de lo anterior se publicará la información tanto en la web
www.extremaduratrabaja.net como en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura,
de acuerdo con el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo. Dicho portal se encuentra a
disposición de los interesados en la sede corporativa: http://gobiernoabierto.juntaex.es.
4. Asimismo, para hacer efectivo el derecho de la ciudadanía a un punto único de acceso a la
información, al que se refiere la Disposición transitoria tercera de la Ley 4/2022, de 27 de
julio, de racionalización y simplificación administrativa de Extremadura, toda la información del procedimiento se publicará en el Portal Juntaex.es, en el punto de acceso general
electrónico de los servicios y trámites https://www.juntaex.es, dentro de la publicación del
correspondiente trámite.
Artículo 10. Seguimiento y control de las ayudas.
1. Corresponderá al Servicio Extremeño Público de Empleo llevar a cabo la función de control de
las subvenciones concedidas, así como la evaluación y seguimiento del presente programa.
Para este fin la persona o entidad beneficiaria estará obligada a someterse a las actuaciones
que reglamentariamente corresponda. Para la realización de estas funciones se utilizarán
cuantos medios estén a disposición de la Consejería, incluso la contratación con terceros y la
colaboración en el marco que proceda con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
2. La persona o entidad beneficiaria estará obligada a someterse a las actuaciones de control
financiero de la Intervención General y de los órganos competentes de las instituciones comunitarias en relación con las ayudas concedidas, facilitando la información y presentando la
documentación y los justificantes que le sean requeridos para este fin, sin perjuicio del control
que compete a la Intervención General de la Junta de Extremadura y al Tribunal de Cuentas.
Artículo 11. Procedimiento de reintegro.
1. E
 l procedimiento de reintegro de subvenciones se iniciará de oficio por acuerdo del órgano
que concedió la subvención, por propia iniciativa, como consecuencia de una orden superior, a petición razonada de otros órganos o por denuncia.