Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Residuos. Subvenciones. (2022040216)
Decreto 144/2022, de 30 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a la construcción de nuevas instalaciones de preparación para la reutilización y el reciclado de otros flujos de residuos municipales, distintos de los biorresiduos, recogidos separadamente en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas, financiadas con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - "Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU".
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NÚMERO 31
Martes 14 de febrero de 2023

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3. Una vez evaluadas las solicitudes, la Comisión de Valoración deberá emitir informe vinculante en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada, que deberá ser elevado
al órgano instructor, para que formule la preceptiva propuesta de resolución que en ningún
caso podrá apartarse del sentido del Informe.
4. 
La Comisión de Valoración se ajustará en su funcionamiento a lo dispuesto en la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, sobre órganos colegiados.
5. Todos los integrantes de la Comisión de Valoración, de conformidad con el artículo 6.4
de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de
gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, deberán cumplimentar la
declaración de ausencia de conflicto de interés (DACI) que se recoge como anexo IV.A de
dicha orden.
Artículo 19. Criterios de ponderación de las solicitudes.
1. Para la evaluación de las solicitudes presentadas, se utilizarán los criterios que se indican
a continuación, según el orden de importancia establecido:
a) Inversiones verdes, es decir aquellas que tengan como finalidad el ahorro de agua y/o
energía o la protección del medio ambiente:


1. Inversiones en las que más del 50 % de la inversión tenga como único objetivo esta
finalidad: 15 puntos.



2. Inversiones en las que más del 20 % y hasta el 50 % de la inversión tenga como
único objetivo esta finalidad: 10 puntos.

b) Según el tipo de beneficiario:


1. P
 equeña empresa, sociedades cooperativas 15 puntos.



2. M
 ediana empresa 10 puntos.



3. G
 randes empresas 5 puntos.

c) Importe de la inversión total auxiliable:


1. I nversiones menores de 300.000 euros: 20 puntos.



2. I nversiones comprendidas entre 300.001 y 500.000 euros: 15 puntos.