Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Residuos. Subvenciones. (2022040216)
Decreto 144/2022, de 30 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a la construcción de nuevas instalaciones de preparación para la reutilización y el reciclado de otros flujos de residuos municipales, distintos de los biorresiduos, recogidos separadamente en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas, financiadas con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - "Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU".
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NÚMERO 31
Martes 14 de febrero de 2023

9880

La Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular,
tiene por objeto regular: “el régimen jurídico aplicable a la puesta en el mercado de productos
en relación con el impacto en la gestión de sus residuos, así como el régimen jurídico de la
prevención, producción y gestión de residuos, incluyendo el establecimiento de instrumentos
económicos aplicables en este ámbito”, esta ley, en el artículo 26, marca los siguientes objetivos:
a) La cantidad de residuos domésticos y comerciales destinados a la preparación para la
reutilización y el reciclado para las fracciones de papel, metales, vidrio, plástico, biorresiduos u otras fracciones reciclables deberá alcanzar, en conjunto, como mínimo el 50 %
en peso.
b) La cantidad de residuos no peligrosos de construcción y demolición destinados a la preparación para la reutilización, el reciclado y otra valorización de materiales, incluidas las
operaciones de relleno, con exclusión de los materiales en estado natural definidos en
la categoría 17 05 04 de la lista de residuos, deberá alcanzar como mínimo el 70% en
peso de los producidos.
c) Para 2025, se aumentará la preparación para la reutilización y el reciclado de residuos
municipales hasta un mínimo del 55% en peso; al menos un 5% en peso respecto al
total corresponderá a la preparación para la reutilización, fundamentalmente de residuos textiles, residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, muebles y otros residuos
susceptibles de ser preparados para su reutilización.
d) Para 2030, se aumentará la preparación para la reutilización y el reciclado de residuos
municipales hasta un mínimo del 60% en peso; al menos un 10% en peso respecto al
total corresponderá a la preparación para la reutilización, fundamentalmente de residuos textiles, residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, muebles y otros residuos
susceptibles de ser preparados para su reutilización.
e) Para 2035, se aumentará la preparación para la reutilización y el reciclado de residuos
municipales hasta un mínimo del 65% en peso; al menos un 15% en peso respecto al
total corresponderá a la preparación para la reutilización, fundamentalmente de residuos textiles, residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, muebles y otros residuos
susceptibles de ser preparados para su reutilización.
El Plan Estatal Marco de Gestión de Residuos (PEMAR) 2016-2022, tiene entre sus objetivos
alcanzar el 50 % de preparación para la reutilización y el reciclado en 2020, de los cuales un