Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060403)
Resolución de 2 de febrero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre el Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura (CICYTEX) y la empresa GC Genomics España, SL, para la utilización de técnicas genómicas destinadas a la identificación de marcadores en la estirpe ibérica.
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NÚMERO 30
Lunes 13 de febrero de 2023
9602
• Utilizar los datos proporcionados por CICYTEX exclusivamente para los fines expuestos
en el convenio, no pudiendo utilizarse para otros fines distintos sin el consentimiento
expreso de CICYTEX.
Quinta. Confidencialidad y Publicaciones.
Cada una de las partes se comprometen a no difundir, bajo ningún concepto, las informaciones
científicas pertenecientes a la otra parte y que haya podido tener acceso en el desarrollo de
este Convenio.
Asimismo, si La Colaboradora decidiera difundir los datos e información obtenidos mediante el
presente convenio, deberá hacer mención expresa a la participación del CICYTEX. No obstante,
la utilización del nombre y/o logotipo del CICYTEX con fines publicitarios y/o comerciales,
requerirá su autorización previa por escrito.
Por otro lado, los datos e información obtenidos en el presente Convenio podrán ser utilizados
por el CICYTEX para fines de investigación y docencia. El CICYTEX deberá obtener con carácter
previo la oportuna autorización de La Colaboradora sobre las comunicaciones orales que
pretenda llevar a cabo en jornadas técnicas o docentes, así como para su difusión en cualquier
medio de comunicación, y especialmente en relación a su publicación en revistas científicas,
pudiendo La Colaboradora limitar en cada caso las informaciones objeto de publicación.
No se infringirá el compromiso de confidencialidad cuando:
— El CICYTEX pueda demostrar que conocía previamente la información recibida; y/o
— La información recibida sea de dominio público; y/o
— El CICYTEX adquiriese esta información de un tercero sin compromiso de confidencialidad;
y/o
— El CICYTEX obtenga autorización previa y por escrito para su revelación; y/o La
información sea requerida judicialmente.
Tras la consecución del presente convenio, la confidencialidad referida se mantendrá por
un plazo de cinco años o hasta que, en su caso, las partes dejen sin efecto mutuamente la
presente obligación de confidencialidad.
Sexta. Derechos de propiedad intelectual e industrial.
Cada Parte seguirá siendo propietaria de los Conocimientos Previos aportados al Convenio. La
Colaboradora reconoce expresamente que se respetará siempre la autoría de los trabajos en
Lunes 13 de febrero de 2023
9602
• Utilizar los datos proporcionados por CICYTEX exclusivamente para los fines expuestos
en el convenio, no pudiendo utilizarse para otros fines distintos sin el consentimiento
expreso de CICYTEX.
Quinta. Confidencialidad y Publicaciones.
Cada una de las partes se comprometen a no difundir, bajo ningún concepto, las informaciones
científicas pertenecientes a la otra parte y que haya podido tener acceso en el desarrollo de
este Convenio.
Asimismo, si La Colaboradora decidiera difundir los datos e información obtenidos mediante el
presente convenio, deberá hacer mención expresa a la participación del CICYTEX. No obstante,
la utilización del nombre y/o logotipo del CICYTEX con fines publicitarios y/o comerciales,
requerirá su autorización previa por escrito.
Por otro lado, los datos e información obtenidos en el presente Convenio podrán ser utilizados
por el CICYTEX para fines de investigación y docencia. El CICYTEX deberá obtener con carácter
previo la oportuna autorización de La Colaboradora sobre las comunicaciones orales que
pretenda llevar a cabo en jornadas técnicas o docentes, así como para su difusión en cualquier
medio de comunicación, y especialmente en relación a su publicación en revistas científicas,
pudiendo La Colaboradora limitar en cada caso las informaciones objeto de publicación.
No se infringirá el compromiso de confidencialidad cuando:
— El CICYTEX pueda demostrar que conocía previamente la información recibida; y/o
— La información recibida sea de dominio público; y/o
— El CICYTEX adquiriese esta información de un tercero sin compromiso de confidencialidad;
y/o
— El CICYTEX obtenga autorización previa y por escrito para su revelación; y/o La
información sea requerida judicialmente.
Tras la consecución del presente convenio, la confidencialidad referida se mantendrá por
un plazo de cinco años o hasta que, en su caso, las partes dejen sin efecto mutuamente la
presente obligación de confidencialidad.
Sexta. Derechos de propiedad intelectual e industrial.
Cada Parte seguirá siendo propietaria de los Conocimientos Previos aportados al Convenio. La
Colaboradora reconoce expresamente que se respetará siempre la autoría de los trabajos en